17 DE FEBRERO DE 2004 .- Modificar la estructura del Viceministro de Justicia en el marco de la Ley N° 2446 de 19 /03/ 2003.
DECRETO SUPREMO N° 27374
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 2446 de 19 de marzo de 2003, de Organización del Poder Ejecutivo, ha establecido la nueva estructura orgánica y funcional del Poder Ejecutivo.
Que para un adecuado funcionamiento del Viceministerio de Justicia, es necesario un reordenamiento, modernización y complementación en su estructura, dada que la Ley N° 2496 de 4 de agosto de 2003, crea el Servicio Nacional de Defensa Pública como Institución Descentralizada encargada del Régimen de Defensa Pública.
Que entre otras acciones y políticas del Poder Ejecutivo, están aquellas que profundizan el acceso de los ciudadanos a la administración de justicia y, a la administración pública en defensa de los derechos fundamentales, labor que se debe efectuar, en su organización, diseño e implementación desde el Viceministerio de Justicia.
Que para ello se debe, también, atendiendo las emergencias coyunturales, reducir el número de Direcciones Generales a sólo una denominada, Dirección General de Acceso a la Justicia y Justicia Comunitaria, estableciendo de tal manera, mecanismos para un trabajo coordinado dentro de la nueva agenda del Poder Ejecutivo.
EN CONSEJO DE GABINETE,
D E C R E T A:
ARTICULO 1. (OBJETO).- El presente Decreto Supremo tiene por objeto modificar la estructura del Viceministro de Justicia en el marco de la Ley N° 2446 de 19 de marzo de 2003, de Organización del Poder Ejecutivo, y sus disposiciones complementarias.
ARTICULO 2.-(ESTRUCTURA). Se modifica la estructura del Viceministro de Justicia, establecida en el Artículo 12 del Decreto Supremo N° 26973 de 27 de marzo de 2003, de la siguiente manera:
“VICEMINISTRO DE JUSTICIA
Director General de Acceso a la Justicia y Justicia Comunitaria.”
ARTICULO 3.-(FUNCIONES). Semodifica el inciso b) de las funciones del Viceministro de Justicia, establecida en el Artículo 13 del Decreto Supremo N° 26973, de la siguiente manera:
“ b) Por delegación expresa del Ministro crear y administrar Programas relativos al ámbito de su competencia.”
ARTICULO 4.-(PRESUPUESTO). La modificación de la estructura del Viceministro de Justicia, no implicará gastos presupuestarios adicionales por parte del Tesoro General de la Nación.
El Señor Ministro de Estado en el Despacho de la Presidencia queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de febrero del año dos mil cuatro.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Jorge Cortes Rodríguez, Xavier Nogales Iturri, Jorge Urquidi Barrau, Alvaro Ríos Roca, Donato Ayma Rojas, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Justo Seoane Parapaino.