03 DE MARZO DE 2004 .- Se aprueba la inscripción del Presupuesto – Gestión 2004 de la Unidad Ejecutora del Proyecto de Asistencia Técnica para la Reforma Regulatoria y la Privatización – UEP, Convenio de Crédito 3108 – BO, en el presupuesto del Tesoro General de la Nación en la suma de Bs.48.240.000.
DECRETO SUPREMO N° 27389
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2627 de 30 de diciembre de 2003, establece en su Artículo 7 que las metas institucionales de resultados fiscales, solo podrán ser modificadas mediante resolución expresa del Consejo Nacional de Política Económica y Social – CONAPES y, cuando dicha modificación no vulnere el resultado fiscal global previsto en el Presupuesto General de la Nación 2004.
Que el Artículo 11 de la mencionada Disposición Legal, establece que el Poder Ejecutivo adecuará los requerimientos adicionales y las solicitudes de traspasos presupuestarios presentados por las diferentes entidades públicas, dentro el marco de sus atribuciones constitucionales y las disposiciones legales pertinentes.
Que mediante el Artículo 8 del Decreto Supremo N° 27327 de 31 de enero de 2004, se complementa el Artículo 7 de la Ley N° 2627, estableciendo que cualquier incremento en las partidas de gasto del Presupuesto General de la Nación – Gestión 2004, debe ser aprobado mediante Decreto Supremo.
Que en cumplimiento al Artículo 7 de la Ley N° 2627, el Consejo Nacional de Política Económica y Social – CONAPES, en fecha 12 de febrero del presente año, mediante Resolución de CONAPES N° 1/2004, aprueba la inscripción del Presupuesto – Gestión 2004 del Proyecto de Asistencia Técnica para la Reforma Regulatoria y Privatización.
EN CONSEJO DE GABINETE,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.- Seaprueba la inscripción del Presupuesto – Gestión 2004 de la Unidad Ejecutora del Proyecto de Asistencia Técnica para la Reforma Regulatoria y la Privatización – UEP, Convenio de Crédito 3108 – BO, en el presupuesto del Tesoro General de la Nación en la suma de Bs. 48.240.000.- (CUARENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS), de acuerdo al Anexo “A” adjunto y, en cumplimiento del Artículo 7 de la Ley N° 2627 y el Artículo 8 del Decreto Supremo N° 27327.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda queda encargado de la ejecución y cumplimiento al presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de marzo del año dos mil cuatro.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, Jose Antonio Galindo Neder, Alfonso Ferrufino Valderrama, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Jorge Cortés Rodríguez, Xavier Nogales Iturri, Jorge Urquidi Barrau, Alvaro Ríos Roca, Donato Ayma Rojas, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Justo Seoane Parapaino.