19 DE AGOSTO DE 2004 .- Se aprueba un presupuesto adicional para el Ministerio de Educación con recursos de crédito externo de Bs. 30.291.200 , correspondiente a la Partida 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión”.
DECRETO SUPREMO N° 27689
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 2627 de 30 de diciembre de 2003 – Ley del Presupuesto General de la Nación Gestión 2004, aprueba los importes agregado y consolidado y, los presupuestos institucionales del sector público para su vigencia durante la gestión fiscal 2004.
Que el Ministerio de Educación a través de la Dirección General de Asuntos Administrativos, señala que en ocasión de la elaboración del Anteproyecto de presupuesto de dicho Ministerio para la presente Gestión, en su componente de inversión, este fue recortado en un 47%, razón por la cual, solicitan un presupuesto adicional con recursos de crédito externo, con el objeto de cumplir con los contratos suscritos con la Empresa Asociación Accidental Grupo Santillana, por la edición e impresión de módulos de aprendizaje para la Reforma Educativa, los cuales están relacionados con el cumplimiento de los objetivos del Programa de Reforma Educativa – PRE, concluyendo que esta solicitud de presupuesto adicional para inversión por Bs. 30.291.200.- (TREINTA MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MIL DOSCIENTOS 00/100 BOLIVIANOS),con recursos de crédito externo, no contraviene ninguna disposición legal.
Que el Artículo 8 de la Ley Nº 2042 de 21 de diciembre de 1999 – Ley de Administración Presupuestaria, autoriza al Poder Ejecutivo, que las donaciones y créditos externos para gastos de capital, gastos corrientes y aplicaciones financieras no contempladas en el Presupuesto General de la Nación aprobado anualmente, serán incorporados por el Ministerio de Hacienda en los presupuestos de las instituciones, para su ejecución presupuestaria correspondiente, debiendo informar de estos hechos al Congreso Nacional semestralmente.
Que el Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 27327 de 31 de enero de 2004, establece la reducción del gasto en consultorías independientemente de la fuente de financiamiento, especificando que corresponde un 10% de reducción para las partidas 25200 “Estudios e Investigaciones”, 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión” y 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcciones de Bienes de Dominio Público” del PGN, aprobado para la presente gestión fiscal, debiendo cualquier incremento en las referidas partidas, aprobarse mediante Decreto Supremo.
Que el Artículo 2 de la Ley Nº 2684 de 12 de mayo de 2004, modifica el segundo párrafo del Artículo 7 de la Ley Nº 2627, señalando que las metas institucionales de resultados fiscales, solo podrán ser modificadas mediante Resolución expresa del Consejo Nacional de Política Económica y Social – CONAPES.
EN CONSEJO DE GABINETE,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.-
I. Se aprueba un presupuesto adicional para el Ministerio de Educación con recursos de crédito externo de Bs. 30.291.200.- (TREINTA MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MIL DOSCIENTOS 00/100 BOLIVIANOS), correspondiente a la Partida 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión”, para cumplir con las obligaciones contractuales que dicho Ministerio ha asumido con anterioridad, de conformidad a lo establecido en el Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 27327.
II.Los fondos utilizados para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Parágrafo anterior, deberán enmarcarse a lo establecido en la Ley Nº 1178 – SAFCO, las normas vigentes a tiempo de contraer las obligaciones, y en su caso, a la normativa de los organismos financiadores, al Decreto Supremo Nº 27040 y al Decreto Supremo Nº 27328 relativo a los Procesos de Contratación de Bienes, Obras, Servicios Generales y de Consultoría.
Los Señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda y Educación quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de agosto del año dos mil cuatro.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT , Jorge Gumucio Granier Ministro Interino de RR. EE. y Culto, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Jorge Urquidi Barrau, Guillermo Torres Orias, Maria Soledad Quiroga Trigo, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Victor Barrios Arancibia Ministro Interino de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.