20 DE AGOSTO DE 2004 .- Se elimina del Anexo 1 del Decreto Supremo Nº 27450 de 14 /04/ 2004, establecido para el Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, por Bs. 2.303.317 .
DECRETO SUPREMO N° 27694
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Supremo N° 27450 de 14 de abril de 2004, el Poder Ejecutivo ha dispuesto y aprobado medidas complementarias de austeridad y racionalidad del gasto público para el año fiscal 2004, fijando límites máximos de ejecución del gasto para el grupo 10000 “Servicios Personales” con fuente “Tesoro General de la Nación”, para las instituciones que figuren en el Anexo 1.
Que en el Anexo 1 de la mencionada norma, erróneamente se contempla al Programa de Apoyo a la Seguridad Alimentaria – PASA; dicho Programa se encuentra bajo la tuición del Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios y, su funcionamiento y ejecución se encuentra totalmente financiado con Recursos de Donación de la Comisión Europea, habiéndosele fijado un techo presupuestario de Bs. 2.303.317.- (DOS MILLONES TRESCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS DIECISIETE 00/100 BOLIVIANOS) para la presente gestión.
Que el Programa de Apoyo a la Seguridad Alimentaria – PASA se encuentra en su fase final, debiendo concluir actividades el 31 de diciembre del presente año; para cuyo fin, debe realizar tareas programadas que no pueden ser postergadas para la próxima gestión.
Que la Comisión Europea tiene previsto ampliar su cooperación para una Segunda Fase del Programa de Apoyo a la Seguridad Alimentaria – PASA, la misma que comenzaría en la Gestión 2005 y cuyo requisito es cerrar apropiadamente las actividades de la Primera Fase.
Que tratándose de un Programa con objetivos específicos y definidos, tal cual se desprende del protocolo del Componente de Apoyo Institucional suscrito entre el Gobierno de Bolivia y la Comisión Europea en fecha 24 de octubre de 2002, no puede perjudicarse su Programación Operativa Anual, ya que los recursos donados para su funcionamiento no serán destinados a otro fin que no sea dicho Programa, tanto en su cartera de Inversión como de Fortalecimiento Institucional.
EN CONSEJO DE GABINETE,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.- Se elimina del Anexo 1 del Decreto Supremo Nº 27450 de 14 de abril de 2004, el techo presupuestario del Grupo 10000 “Servicios Personales” establecido para el Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, exclusivamente para el Organismo Financiador 114 “Recursos de Contravalor” por el monto de Bs. 2.303.317.- (DOS MILLONES TRESCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS DIECISIETE 00/100 BOLIVIANOS).
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda y, Asuntos Campesinos y Agropecuarios quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de agosto del año dos mil cuatro.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT , Jorge Gumucio Granier Ministro Interino de RR. EE. y Culto, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Jorge Urquidi Barrau, Guillermo Torres Orias, Maria Soledad Quiroga Trigo, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Victor Barrios Arancibia Ministro Interino de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.