08 DE OCTUBRE DE 2004 .- Se autoriza a la Sub – Prefectura de la Provincia Gran Chaco del Departamento de Tarija, ejecutar 2.200 instalaciones internas domiciliarias de gas.
DECRETO SUPREMO N° 27780
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional ha evidenciado la creciente demanda de Gas Natural Doméstico para el consumo de la población en todo el territorio Nacional y, principalmente en las zonas donde se explota dicho energético.
Que mediante el Decreto Supremo N° 27288 de 20 de diciembre de 2003, se procede a ampliar las instalaciones internas domiciliarias de gas en el Departamento de Tarija, autorizándose a la empresa EMTAGAS, incrementar a las 5.200 instalaciones internas domiciliarias dentro la Primera Fase del Plan Bolivia, en aplicación a los Decretos Supremos Nº 26833 y Nº 26965 y, sus Resoluciones Internas.
Que al existir nuevas demandas de uso del Gas Natural Doméstico en la Provincia Gran Chaco del Departamento de Tarija, se tiene programado realizar 2.200 instalaciones internas gratuitas, con un monto presupuestado de Bs. 9.645.263,32.- (NUEVE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y TRES 00/100 BOLIVIANOS), procedentes de las regalías Hidrocarburíferas, a través de la Sub – Prefectura de la mencionada Provincia.
Que siendo la Provincia Gran Chaco del Departamento de Tarija, poseedora de las mayores reservas de Gas Natural del país, el Gobierno Nacional debe atender favorablemente los requerimientos de la población para el uso y consumo del mencionado energético.
EN CONSEJO DE GABINETE,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.-
I. Seautoriza a la Sub – Prefectura de la Provincia Gran Chaco del Departamento de Tarija, ejecutar de manera transitoria la instalación de 2.200 instalaciones internas gratuitas de gas, conforme a las previsiones de su Plan Operativo Anual.
II. La Sub – Prefectura de la Provincia Gran Chaco ejecutará el Proyecto bajo los mismos lineamientos, objetivos y procedimientos establecidos en los Decretos Supremos N° 26833, N° 26965 y N° 27288, aprobado para la Primera y Segunda Fase del Plan Bolivia.
Los Señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda y, Minería e Hidrocarburos quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de octubre del año dos mil cuatro.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Saul Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Jorge Urquidi Barrau, Guillermo Torres Orías, Maria Soledad Quiroga Trigo, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.