12 DE NOVIEMBRE DE 2004 .- Se autoriza al Ministerio de Hacienda transferir los recursos necesarios a DIRECO, dependiente del Viceministerio de Desarrollo Alternativo, los mismos que permitirán la contratación de 37 itemes para efectuar labores de monitoreo de cultivos de coca y verificación de campo.
DECRETO SUPREMO N°27831
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 2446 de 19 de marzo de 2003 – Ley de Organización del Poder Ejecutivo, establece las atribuciones específicas del Ministro de Asuntos Campesinos y Agropecuarios.
Que el Decreto Supremo Nº 27732 de 15 de septiembre de 2004, establece que el Viceministerio de Desarrollo Alternativo se encuentra bajo la estructura del Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios.
Que la Estrategia Integral Boliviana de Lucha Contra el Tráfico Ilícito de Drogas 2004 – 2008, aprobada por el Consejo Nacional de Lucha Contra el Tráfico Ilícito de Drogas – CONALTID mediante Resolución Multiministerial Nº 008/2004 de 8 de septiembre de 2004 y, el Plan Nacional de Desarrollo Alternativo 2004 – 2008, establecen metas y acciones que deben ser ejecutadas por la Dirección General de Reconversión Agrícola – DIRECO.
Que es preciso dotar al Viceministerio de Desarrollo Alternativo de los recursos necesarios que permitan desarrollar la Estrategia Nacional de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y Delitos Conexos.
Que el Artículo 6 de la Ley Nº 2042 de 21 de diciembre de 1999 – Ley de Administración Presupuestaria, autoriza al Poder Ejecutivo realizar modificaciones presupuestarias interinstitucionales de acuerdo al Reglamento de Modificaciones Presupuestarias.
EN CONSEJO DE GABINETE,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.- Se autoriza al Ministerio de Hacienda transferir los recursos necesarios a la Dirección General de Reconversión Agrícola – DIRECO, dependiente del Viceministerio de Desarrollo Alternativo, los mismos que permitirán la contratación de 37 itemes para efectuar labores de monitoreo de cultivos de coca y verificación de campo.
Los Señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda y, Asuntos Campesinos y Agropecuarios quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil cuatro.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Saul Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Mauricio Navarro Banzer Ministro Interino de Servicios y Obras Públicas, Guillermo Torres Orías, Maria Soledad Quiroga Trigo, Rosario Quiroga Morales Ministra Interina de Salud y Deportes, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.