13 DE DICIEMBRE DE 2004 .- Se aprueba y autoriza el Traspaso Intrainstitucional de Bs. 412.355 , en la Partida 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcciones de Bienes de Dominio Público”, para los proyectos Terminal Portuaria en Puerto Quijarro” y un empujador fluvial (R/E) multipropósito en el canal Tamengo e Hidrovía Paraguay – Paraná, dentro del presupuesto de ENABOL.
DECRETO SUPREMO N° 27913
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 2627 de 30 de diciembre de 2003 – Ley del Presupuesto General de la Nación Gestión 2004, aprueba los presupuestos institucionales del sector público, en los cuales, la Empresa Naviera Boliviana – ENABOL, como Empresa Pública Descentralizada, figura con un monto de Bs. 4.913.825.- (CUATRO MILLONES NOVECIENTOS TRECE MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO 00/100 BOLIVIANOS).
Que el mencionado presupuesto aprueba dos Proyectos de Inversión que se encuentran registrados en el Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo, con un monto Bs. 3.698.339.- (TRES MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE 00/100 BOLIVIANOS) y un presupuesto de Gasto Corriente de Bs. 1.215.486.- (UN MILLON DOSCIENTOS QUINCE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS 00/100 BOLIVIANOS).
Que el Decreto Supremo Nº 27327 de 31 de enero de 2004, dentro del marco de austeridad y racionalización del gasto de las entidades públicas, establece que cualquier incremento en las Partidas 25200 “Estudios e Investigaciones”, 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión” y 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcciones de Bienes de Dominio Público” deberá ser aprobado mediante Decreto Supremo.
Que la Ley Nº 606 de 9 de marzo de 1984, declara de prioridad nacional e interés público, la construcción de una Terminal Portuaria en la localidad de Puerto Quijarro, por ser factor primordial para la integración interregional, nacional e internacional.
Que la Empresa Naviera Boliviana – ENABOL para la realización de este Proyecto, ha contratado los servicios profesionales de la Consultora Interproyectos de Bolivia S.R.L. y, profesionales para la Supervisión de la “Actualización de la factibilidad y realización del diseño final de ingeniería e impacto ambiental, para la construcción de una terminal portuaria en Puerto Quijarro”, el mismo que fue elevado a instrumento público Nº 109, ante la Notaría de Gobierno de este Departamento.
Que como complemento al Proyecto señalado anteriormente, se ha contratado los servicios de un Consultor Individual a objeto de realizar Estudios de Prefactibilidad para “La implementación de un empujador fluvial (R/E) multipropósito en el Canal Tamengo e Hidrovía Paraguay – Paraná”, el mismo que fue elevado a instrumento público Nº 28/2004.
Que el Directorio de la Empresa Naviera Boliviana – ENABOL, mediante Resolución de Directorio Nº 014/2004, ha autorizado al Director Ejecutivo de ENABOL, realizar trámites de Modificaciones Presupuestarias mediante Traspasos Intrainstitucionales en los Proyectos con los que cuenta la Empresa, por un monto de Bs. 412.355.- (CUATROCIENTOS DOCE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO 00/100 BOLIVIANOS).
EN CONSEJO DE GABINETE,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.- Se aprueba y autoriza el Traspaso Intrainstitucional de Bs. 412.355.- (CUATROCIENTOS DOCE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO 00/100 BOLIVIANOS) en la Partida 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcciones de Bienes de Dominio Público”, para los proyectos “Actualización de la factibilidad y realización del diseño final de ingeniería e impacto ambiental, para la construcción de una terminal portuaria en Puerto Quijarro” y “La implementación de un empujador fluvial (R/E) multipropósito en el canal Tamengo e Hidrovía Paraguay – Paraná”, dentro del presupuesto de la Empresa Naviera Boliviana – ENABOL dependiente del Ministerio de Defensa Nacional, de conformidad a lo establecido en el Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 27327, de acuerdo al anexo adjunto.
El Señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda queda encargado de la ejecución y cumplimiento del Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de diciembre del año dos mil cuatro
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, Carlos Alberto Agreda Lema Ministro Interino de la Presidencia, Saúl Lara Torrico, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe Lopez, Jorge Urquidi Barrau, Eduardo Gutiérrez Calderón Ministro Interino de Minería e Hidrocarburos, Maria Soledad Quiroga Trigo, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.