20 DE DICIEMBRE DE 2004 .- Se aprueba realizar la Modificación Presupuestaria – Gestión 2004, de la Partida 31100 “Alimentos y Bebidas para Personas y Desayuno Escolar” a la Partida 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión”, por Bs. 177.716 , a favor de la Prefectura del Departamento del Beni (PAN).
DECRETO SUPREMO N° 27927
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 3 de la Ley Nº 2627 de 30 de diciembre de 2003 – Ley del Presupuesto General de la Nación Gestión 2004, establece que los niveles de honorarios mensuales de consultores independientes, contratados con recursos públicos para ejercer actividades profesionales, técnicas y administrativas, no podrán ser superiores a los establecidos para el personal designado mediante memorandumes o Resoluciones que tengan asignaciones de funciones equivalentes en el órgano, institución o entidad; asimismo, estos honorarios no podrán sobrepasar la renumeración que perciba un Director General, exceptuándose a esta restricción las consultorías para realizar trabajos específicos por plazo y producto determinado y no renovable en un período similar al de la duración de un contrato.
Que el Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 27327 de 31 de enero de 2004, establece que para cualquier incremento en las partidas 25200 “Estudios e Investigaciones”, 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión” y 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcciones de Bienes de Dominio Público” para la gestión 2004, deberá ser aprobado mediante Decreto Supremo.
Que la Ley Nº 1810 de 16 de diciembre de 1997, aprobó el Contrato de Préstamo BID 995/SF-BO, suscrito el 10 de septiembre de 1997 entre la República de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, por $us. 20.000.000.- (VEINTE MILLONES 00/100 DE DOLARES AMERICANOS), destinados a financiar el Programa Nacional de Atención a Niños y Niñas Menores de Seis Años – PAN, a ser ejecutado por el Ministerio de la Presidencia.
Que el PAN ha sido creado mediante Decreto Supremo Nº 25017 de 20 de abril de 1998, bajo la tuición del Ministerio de la Presidencia, con autonomía de gestión técnica, operacional, financiera y administrativa, el mismo que ejecutará actividades de programación, administración financiera, supervisión, seguimiento y control del Programa, contando con una estructura operacional descentralizada.
Que con el objeto de posibilitar la ejecución de recursos de crédito externo del BID, previstos en la Ley Nº 2627, por un monto de Bs. 3.113.996.- (TRES MILLONES CIENTO TRECE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS 00/100 BOLIVIANOS) Fuente 43/411 CR-BID, por parte del PAN – Beni y, a fin de cumplir con los compromisos asumidos con el organismo financiador y los Gobiernos Municipales, se tiene la necesidad de realizar traspasos presupuestarios intrainstitucionales a la Partida 25800 por un monto de Bs. 177.716.- (CIENTO SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS DIECISEIS 00/100 BOLIVIANOS), sin modificar el techo presupuestario aprobado, destinados a la ejecución, continuidad y cumplimiento de las metas programáticas del PAN.
Que en cumplimiento al Decreto Supremo Nº 26866 de 14 de diciembre de 2002 – Reglamento de Modificaciones Presupuestarias, la Prefectura del Departamento del Beni, ha realizado las modificaciones presupuestarias, incrementando los recursos de la Partida 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión”.
EN CONSEJO DE GABINETE,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.- Se aprueba realizar la Modificación Presupuestaria – Gestión 2004, del traspaso intrainstitucional de la Partida 31100 “Alimentos y Bebidas para Personas y Desayuno Escolar” a la Partida 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión”, por un total de Bs. 177.716.- (CIENTO SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS DIECISEIS 00/100 BOLIVIANOS), de los recursos provenientes del Banco Interamericano de Desarrollo – BID, a favor de la Prefectura del Departamento del Beni, para incrementar la Partida 25800 del proyecto “Programa Nacional de Atención a Niños y Niñas Menores de Seis Años – PAN”.
El Señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil cuatro.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe López, Jorge Urquidi Barrau, Guillermo Torres Orías, Maria Soledad Quiroga Trigo, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.