11 DE ENERO DE 2005 .- Ampliar el alcance del Decreto Supremo Nº 27781 de 8 /10/ 2004, referente a la regularización de la situación legal de los tractores de Puerto Rosario y Carritos Hanne.
DECRETO SUPREMO N° 27970
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 2446 de 19 de Marzo de 2003 – Ley de Organización del Poder Ejecutivo, establece que las atribuciones del Ministerio de Hacienda son las de formular, ejecutar y controlar la política fiscal nacional en materia de presupuesto, contaduría, tesorería, crédito público, política tributaria, inversión pública, política de endeudamiento y financiamiento externo.
Que la Ley Nº 2446 determina que las atribuciones específicas del Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios son las de ejercer y fomentar el desarrollo económico y social de las comunidades campesinas e indígenas y proteger sus derechos sociales.
Que el Decreto Supremo Nº 22879 de 26 de julio de 1992, dispone la entrega de los equipos integrales Hanne a favor del Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios.
Que el Decreto Supremo Nº 23368 de 22 de diciembre de 1992, autorizó al Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, el remate en subasta pública nacional o internacional del lote de maquinaria almacenada en Puerto Rosario, República de Argentina.
Que el Decreto Supremo Nº 27127 de 14 de Agosto de 2003, faculta al Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, realizar el trámite ante el Ministerio de Hacienda para la emisión correspondiente de Notas de Crédito Fiscal, en relación a los equipos integrales Hanne.
Que el Decreto supremo Nº 27174 de 15 de Septiembre de 2003, establece que el Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios debe efectuar los trámites necesarios ante el Ministerio de Hacienda para la emisión de Notas de Crédito Fiscal con cargo a su presupuesto, para el pago de los tributos aduaneros de importación y los servicios de almacenaje que se adeudan por el depósito de 99 tractores marca FIAT y 10 cajones con estructuras de cabinas para tractores.
Que la Ley Nº 1990 de 28 de julio de 1999 – Ley General de Aduanas establece las condiciones de operación de la Aduana Nacional.
EN CONSEJO DE GABINETE,
D E C R E T A:
ARTICULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto ampliar el alcance del Decreto Supremo Nº 27781 de 8 de Octubre de 2004, referente a la regularización de la situación legal de los tractores de Puerto Rosario y Carritos Hanne, autorizando al Ministerio de Hacienda a efectuar el traspaso interinstitucional correspondiente y establecer los procedimientos para que las diferentes instituciones involucradas viabilicen el remate y adjudicación de la maquinaria agrícola de Puerto Rosario y equipos integrales Hanne.
ARTICULO 2.- (PRESUPUESTO). Se autoriza al Ministerio de Hacienda efectuar el traspaso interinstitucional correspondiente, de acuerdo a los Anexos adjuntos y que forman parte indivisible del presente Decreto Supremo.
ARTICULO 3.- (DEVOLUCION AL TGN). La totalidad de los recursos provenientes del remate de la maquinaria agrícola de Puerto Rosario y equipos integrales Hanne, serán depositados en las cuentas fiscales del Tesoro General de la Nación – TGN, como devolución por los gastos incurridos en la operación.
ARTICULO 4.- (PRECIO ADJUDICACION). El precio de adjudicación de la maquinaria agrícola de Puerto Rosario y de los equipos integrales Hanne no podrá ser menor al total de gastos incurridos por el TGN.
ARTICULO 5.- (ALMACENAMIENTO). Se autoriza al Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios a utilizar la modalidad de depósito transitorio para el almacenamiento de la maquinaria agrícola de Puerto Rosario, ubicación física a ser definida por escrito entre la Aduana Nacional y el Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, bajo garantía prendaria sobre la misma mercancía conforme al Artículo Nº 151 de la Ley General de Aduana.
ARTICULO 6.- (BASE IMPONIBLE). La base imponible para el pago de los tributos aduaneros será el valor de adjudicación del remate.
ARTICULO 7.- (TRIBUTOS Y ALMACENAMIENTO). El adjudicatario será responsable de cubrir los tributos aduaneros así como los costos que demanden la desaduanización y almacenamiento en Santa Cruz de la maquinaria agrícola de Puerto Rosario y/o equipos integrales Hanne según la base imponible establecida en el Artículo 4 del presente Decreto Supremo.
ARTICULO 8.- (PAGO ASP-B). Se autoriza al Tesoro General de la Nación, a realizar la transferencia automática, mediante la emisión de Notas de Crédito Fiscal Negociables por un valor de Bs. 3.766.280,00.-, a la Administración de Servicios Portuarios de Bolivia (ASP-B), por concepto del pago de almacenaje de maquinaria agrícola de Puerto Rosario, con cargo al monto asignado al Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios para tal efecto. Esta transferencia debe efectuase una vez concluidos los ajustes presupuestarios por cambio de gestión, correspondientes al Decreto Supremo Nº 27781 de 8 de octubre de 2004 y la Resolución Biministerial Nº 267 de 15 de Diciembre de 2004.
ARTICULO 9.- (PAGO SWISSPORT). Se autoriza al TGN, a realizar la transferencia automática, mediante la emisión de Notas de Crédito Fiscal Negociables por un valor de Bs. 249.947,00.- a SWISSPORT, por concepto del pago de almacenaje y revalorización de equipos integrales Hanne, con cargo al monto asignado al Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios para tal efecto. Esta transferencia debe efectuarse una vez concluidos los ajustes presupuestarios por cambio de gestión, correspondientes al Decreto Supremo Nº 27781.
ARTICULO 10.- (ADJUDICACION DE SERVICIOS).- Se autoriza al Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios a realizar la contratación por excepción de los siguientes servicios: transporte de la maquinaria agrícola de Puerto Rosario a Santa Cruz, valorización técnica de la maquinaria agrícola y equipos integrales Hanne y servicios de remate.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda y, Asuntos Campesinos y Agropecuarios quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de enero del año dos mil cinco.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, Jose Antonio Galindo Neder, Saul Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Gustavo Pedraza Mérida, Horst Grebe Lopez, Jorge Urquidi Barrau, Guillermo Torres Orias, Maria Soledad Quiroga Trigo, Fernando Antezana Aranibar, Luis Fernández Fagalde, Diego Montenegro Ernst, Roberto Barbery Anaya, Ricardo Calla Ortega.