07 DE MARZO DE 2005 .- Todos los Ministros de Estado quedan encargados de la aplicación y cumplimiento del Plan Nacional de Políticas Públicas para el Ejercicio Pleno de los Derechos de las Mujeres.
DECRETO SUPREMO N° 28035
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Ministerial Nº 006 de 24 de enero de 2005, se aprobó el Plan Nacional de Políticas Públicas para el Ejercicio Pleno de los Derechos de las Mujeres, presentado por el Viceministerio de la Mujer para la gestión 2004 – 2007.
Que el mencionado Plan tiene por objeto lograr la plena igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, superar la discriminación que afecta a las mujeres en los planos político, económico, social y cultural, como condición para alcanzar la construcción y desarrollo armónico del país.
Que la ratificación de acuerdos internacionales a través de Leyes de la República tales como la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer y su Protocolo Facultativo, la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, la Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra la Mujer, compromete al Estado a cumplir con este objetivo.
Que dentro el marco de la normativa legal señalada, el Ministerio de Desarrollo Sostenible a través del Viceministerio de la Mujer, diseñó el Plan Nacional de Políticas Públicas para el Ejercicio Pleno de los Derechos de las Mujeres, siendo necesario la creación de un mecanismo a nivel nacional de seguimiento, evaluación, coordinación, gestión y ejecución para impulsarla conforme las atribuciones determinas por la Ley Nº 2446 de 19 de marzo del 2003 – Ley de Organización del Poder Ejecutivo y sus disposiciones complementarias, en el marco de la política de austeridad establecida por el Gobierno Nacional.
Que tomando en cuenta lo anteriormente citado, es necesario dictar la presente norma, la misma que en el marco del Capítulo IX del Decreto Supremo Nº 27230 de 31 de octubre de 2003, fue aprobada por el Consejo Nacional de Política Económica – CONAPE en fecha 3 de marzo de 2005.
EN CONSEJO DE GABINETE,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.-
I. Todos los Ministros de Estado quedan encargados de la aplicación y cumplimiento del Plan Nacional de Políticas Públicas para el Ejercicio Pleno de los Derechos de las Mujeres, en sus respectivas áreas de competencia.
II. El financiamiento del Plan Nacional de Políticas Públicas para el Ejercicio Pleno de los Derechos de las Mujeres, provendrá de los recursos previstos en el Presupuesto Institucional del Ministerio de Desarrollo Sostenible para la presente Gestión; así como, de recursos externos, recursos de sectores involucrados y otros recursos obtenidos para este fin, no implicando en ningún caso la asignación de presupuesto adicional por parte del Tesoro General de la Nación.
Los Señores Ministros de Estado en sus respectivos Despachos quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los siete días del mes de marzo del año dos mil cinco.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Erwin Aguilera Antunez, Wálter Kreidler Guillaux, René Gómez García Palao, Guillermo Torres Orias, María Soledad Quiroga Trigo, Graciela Rosario Quiroga Morales, Audalia Zurita Zelada, Víctor Gabriel Barrios Arancibia, Jorge Espinoza Morales, Gloria Ardaya Salinas, Pedro Ticona Cruz.