01 DE ABRIL DE 2005 .- Ampliar el plazo para la obligación que tienen los sujetos pasivos de los Regímenes Especiales de inscribirse en el Nuevo Padrón Nacional de Contribuyentes del Servicio de Impuestos Nacionales y obtener el Número de Identificación Tributaria – NIT.
DECRETO SUPREMO N° 28061
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo XI de la Disposición Transitoria Tercera de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, faculta al Poder Ejecutivo la implementación mediante Decreto Supremo de un Nuevo Padrón Nacional de Contribuyentes.
Que el Artículo 25 del Decreto Supremo N° 27149 de 2 de septiembre de 2003, crea el Número de Identificación Tributaria – NIT, sobre la base del otorgamiento de una clave única de identificación tributaria que sustituya al actual Número del Registro Unico de Contribuyente – RUC y que inequívocamente individualice a los contribuyentes alcanzados por los impuestos cuya recaudación, fiscalización y cobro esté a cargo del Servicio de Impuestos Nacionales – SIN, a quien se autoriza llevar adelante el programa de Empadronamiento.
Que el Decreto Supremo N° 27924 de 20 de diciembre de 2004 establece nuevos montos de capital, ingreso, precios unitarios y pagos bimensuales del Régimen Tributario Simplificado, por lo que es necesario establecer los medios para la obtención del Número de Identificación Tributaria – NIT, con la finalidad de un adecuado cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes de los Regímenes Especiales.
Que el Decreto Supremo Nº 28028 de 7 de marzo de 2005, establece un plazo adicional para la obligación que tienen los sujetos pasivos de los Regímenes Especiales de inscribirse en el Nuevo Padrón Nacional de Contribuyentes del Servicio de Impuestos Nacionales, hasta el 31 de marzo de 2005.
EN CONSEJO DE GABINETE,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.- El presente Decreto Supremo tiene por objeto ampliar el plazo para la obligación que tienen los sujetos pasivos de los Regímenes Especiales de inscribirse en el Nuevo Padrón Nacional de Contribuyentes del Servicio de Impuestos Nacionales y obtener el Número de Identificación Tributaria – NIT, establecido en el Artículo Unico del Decreto Supremo Nº 28028 de 7 de marzo de 2005, hasta el 1 de agosto de 2005.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, al primer día del mes de abril del año dos mil cinco.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder Ministro de la Presidencia e Interino de Gobierno, Justo Antonio Gareca Gallardo Ministro Interino de Defensa Nacional, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Edwin Aguilera Antunez, Walter Kreidler Guillaux, René Gómez García Palao, Guillermo Torrez Orias, María Soledad Quiroga Trigo, Lourdes Ortiz Daza Ministra Interina de Salud y Deportes, Audalia Zurita Zelada, Victor Gabriel Barrios Arancibia, Jorge Espinoza Morales, Gloria Ardaya Salinas, Pedro Ticona Cruz..