01 DE ABRIL DE 2005 .- Se aprueba al Ministerio de la Presidencia, el registro de la Partida 25200 “Estudios e Investigaciones” por Bs. 3.725.100,00 .
DECRETO SUPREMO N° 28062
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Presidencia de la República y el Ministerio de la Presidencia, con la finalidad de cumplir las diversas labores que asumen en el cumplimiento de sus funciones, cuentan con importantes componentes que precisan para su funcionamiento del presupuesto que lo garantice, de manera que no se perjudique su normal desempeño.
Que para asegurar el presupuesto necesario de los componentes del Ministerio de la Presidencia en los grupos de gasto requeridos, en el marco del Artículo 8 del Decreto Supremo N° 27327 de 31 de enero de 2004, es necesario, a través del presente Decreto Supremo, aperturar la Partida 25200 “Estudios e Investigaciones”.
Que mediante el Crédito Programático de Ajuste Estructural (Programmatic Structural Adjustment Credit – PSAC) se financiaban los recursos humanos que permitían el cumplimiento de las funciones Ministeriales y, ante la terminación del financiamiento del programa, se hace necesario que el Ministerio de Hacienda, a través del Tesoro General de la Nación – TGN, otorgue los recursos requeridos para compensar la pérdida de financiamiento.
Que el Viceministerio de Coordinación Gubernamental es la instancia encargada de apoyar al Ministro de la Presidencia en la coordinación político – administrativa de la Presidencia de la República con los Ministerios y Prefecturas, actividades político – administrativas del Consejo de Gabinete, seguimiento y evaluación a la gestión pública y otras funciones expresamente definidas en las normas que rigen su estructura y funcionamiento.
EN CONSEJO DE GABINETE,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.-
I. Se aprueba al Ministerio de la Presidencia en el marco del Artículo 8 del Decreto Supremo N° 27327 de 31 de enero de 2004, el registro de la Partida 25200 “Estudios e Investigaciones” por Bs. 3.725.100,00.- (TRES MILLONES SETECIENTOS VEINTICINCO MIL CIEN 00/100/ BOLIVIANOS) para el Viceministerio de Coordinación Gubernamental del Ministerio de la Presidencia, financiado con recursos transferidos provenientes de Fuente 10 Tesoro General de la Nación, Organismo Financiador 111 Tesoro General de la Nación.
II. En el marco del Artículo 5 del Decreto Supremo N° 28045 de 16 de marzo de 2005, se aprueban las modificaciones presupuestarias que incrementan el límite de gasto institucional, en el Viceministerio de Coordinación Gubernamental del Ministerio de la Presidencia, por un monto total de Bs. 4.180.000,00.- (CUATRO MILLONES CIENTO OCHENTA MIL 00/100/ BOLIVIANOS)
III. El Viceministro de Coordinación Gubernamental reconducirá mediante nuevos contratos la continuidad de los consultores que trabajaban con financiamiento externo a la nueva fuente establecida en el presente Decreto Supremo.
Los Señores Ministros de Estado en los Despachos de la Presidencia y Hacienda quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, al primer día del mes de abril del año dos mil cinco.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, José Antonio Galindo Neder Ministro de la Presidencia e Interino de Gobierno, Justo Antonio Gareca Gallardo Ministro Interino de Defensa Nacional, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Edwin Aguilera Antunez, Walter Kreidler Guillaux, René Gómez García Palao, Guillermo Torrez Orias, María Soledad Quiroga Trigo, Lourdes Ortiz Daza Ministra Interina de Salud y Deportes, Audalia Zurita Zelada, Victor Gabriel Barrios Arancibia, Jorge Espinoza Morales, Gloria Ardaya Salinas, Pedro Ticona Cruz..