17 DE MAYO DE 2005 .- Se modifica el Artículo 48 del Decreto Supremo N° 26973 de 27 de marzo de 2003 (Empresas del Sector Público).
DECRETO SUPREMO N° 28149
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 99 de la Constitución Política del Estado establece que los negocios de la Administración Pública se despachan por los Ministros de Estado.
Que el Artículo 3 de la Ley N° 2446 de 19 de marzo de 2003, establece como una de las atribuciones generales de los Ministros de Estado, la de dictar normativa en el ámbito de su competencia; asimismo el de ejercer las demás atribuciones que establece la Legislación Nacional.
Que el Artículo 14 de la Ley de Organización del Poder Ejecutivo, dispone que el Poder Ejecutivo reglamentará esta Ley mediante Decreto Supremo.
Que el Artículo 48 del Decreto Supremo N° 26973 de 27 de marzo de 2003, relativo a las empresas del Sector Público, no establece de forma expresa el instrumento legal mediante el cual serán establecidas.
Que existe una necesidad de poder dar una estructura orgánica y de funcionamiento a las Empresas de Sector Público, determinándose así su tuición ante cada Cartera de Estado, misma que deberá ser mediante Decreto Supremo.
Que en este sentido, corresponde emitir la presente norma por la vía rápida, en el marco del Capítulo IX del Decreto Supremo Nº 27230 de 31 de octubre de 2003, en vista de que este tema ha sido aprobado por el Gabinete Económico de fecha 1 de mayo de 2005, según Nota UDAPE/STC/073-L/2005, emitida por la Secretaria Técnica del CONAPE.
EN CONSEJO DE GABINETE,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.- Se modifica el Artículo 48 del Decreto Supremo N° 26973 de 27 de marzo de 2003, de la siguiente manera:
“ Las Empresas del Sector Público son establecidas mediante Decreto Supremo. Son personas jurídicas de derecho público, con patrimonio propio y autonomía de gestión administrativa, financiera y legal. Están sujetas a la tuición del Ministro del área. ”
Los señores Ministros de Estado en sus respectivos Despachos quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil cinco.
FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, Juan Ignacio Siles del Valle, Jorge Gumucio Granier, José Antonio Galindo Neder, Saúl Lara Torrico, Gonzalo Arredondo Millán, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Erwin Aguilera Antunez, Wálter Kreidler Guillaux, René Gómez García Palao, Guillermo Torres Orias, María Soledad Quiroga Trigo, Graciela Rosario Quiroga Morales, Audalia Zurita Zelada, Victor Gabriel Barrios Arancibia, Jorge Espinoza Morales, Gloria Ardaya Salinas, Pedro Ticona Cruz.