24 DE JUNIO DE 2005 .- Aprobar la inscripción de Traspaso Presupuestario Intrainstitucional del FOMIN por Bs. 750.000 para su reclasificación en las Partidas 25200 y 43300.
DECRETO SUPREMO N°28211
EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Supremo N° 27327 de 31 de enero de 2004, dentro el marco de austeridad y racionalización del gasto de las entidades públicas, establece que cualquier incremento en las partidas 25200 "Estudios e investigaciones", 25800 "Estudios de Investigaciones para Proyectos de Inversión" y 46200 "Estudios y Proyectos para Construcciones de Bienes de Dominio Público" deberá ser aprobado mediante Decreto Supremo.
Que el Artículo 20 del citado Decreto Supremo, prohíbe a las entidades públicas la compra o alquiler de vehículos.
Que en cumplimiento a la normativa vigente, el Ministerio de Hacienda mediante Resolución Ministerial N° 095 de 4 de marzo de 2005, inscribe el Presupuesto del Fondo Minero de Inversión – FOMIN para la Gestión 2005, exceptuando la Partida 25200 "Estudios e Investigaciones" por Bs. 530.000.- y la Partida 43300 "Equipo de Transporte, Tracción y Elevación" por Bs. 240.000.-, reclasificando estos montos bajo la Partida 39900 "Otros Materiales y Suministros".
Que el FOMIN, para el inicio de sus actividades de impulso a la reactivación económica y transformación productiva de la Minería Cooperativa, requiere un traspaso presupuestario intrainstitucional que le permita hacer uso de saldos de la Partida 39900 para su reclasificación en las Partidas 25200, 43300 y 51100, sin que ello signifique una modificación adicional de su presupuesto.
Que la normatividad del Sistema de Presupuesto es de aplicación obligatoria en todas las instituciones públicas señaladas en los Artículos 3 y 4 de la Ley N° 1178 de 20 de julio de 1990, bajo responsabilidad de las máximas autoridades ejecutivas y de los servidores públicos que participan en el proceso presupuestario.
Que tomando en cuenta lo anteriormente citado, es necesario dictar la presente norma, la misma que en el marco del Capítulo IX del Decreto Supremo Nº 27230 de 31 de octubre de 2003, fue aprobada por el Consejo Nacional de Política Económica – CONAPE en fecha 23 de junio de 2005.
EN CONSEJO DE GABINETE,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.-
I. El presente Decreto Supremo tiene por objeto aprobar la inscripción de Traspaso Presupuestario Intrainstitucional del Fondo Minero de Inversión – FOMIN que permita el uso de saldos de la Partida 39900 "Otros Materiales y Suministros" por Bs. 750.000.- (SETECIENTOS CINCUENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS) para su reclasificación en las Partidas 25200 y 43300.
II. Se aprueba el incremento de Bs. 750.000.- (SETECIENTOS CINCUENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS), en la partida 252000 "Estudios e Investigaciones", Bs. 570.000.- (QUINIENTOS SETENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS) Y en la partida 43300 "Equipo de Transporte, Tracción y Elevación" y Bs. 180.000.- (CIENTO OCHENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS) para el Fondo Minero de Inversión – FOMIN.
El Señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de junio del año dos mil cinco.
FDO. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Armando Loayza Mariaca, Iván Avilés Mantilla, Gustavo Avila Bustamante, Gonzalo Méndez Gutiérrez, Luis Carlos Jemio Mollinedo, Irma Elizabeth Peredo Obleas, Carlos Melchor Díaz Villavicencio, Mario Moreno Viruéz, Jaime Eduardo Dunn Castellanos, Maria Cristina Mejía Barragán, Alvaro Muñoz Reyes Navarro, Carlos Antonio Laguna Navarro, Guillermo Rivera Cuellar, Dionisio Garzón Martínez, Naya Ponce Fortún, Pedro Ticona Cruz.