11 DE AGOSTO DE 2005 .- Se aprueba y autoriza realizar las Modificaciones Presupuestarias Intrainstitucionales e Interinstitucionales – Gestión 2005, por Bs. 3.567.062 , a favor de la Prefectura del Departamento de La Paz, para el incremento de la partida 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcción de Bienes de Dominio Público,”.
DECRETO SUPREMO N°28282
EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Presupuesto General de la Nación para la gestión 2005, fue aprobado en el marco de lo establecido en el Parágrafo II del Artículo 147 de la Constitución Política del Estado, señalándose que la remuneración de los consultores individuales para ejercer funciones de línea, independientemente de la fuente de financiamiento, no podrá ser mayor a la percibida por un Director General de un Ministro de Estado, definiéndose su remuneración sobre los salarios percibidos por el personal de planta con funciones equivalentes.
Que asimismo, el Presupuesto General de la Nación para la gestión 2005, establece que los consultores individuales por producto solo pueden ser contratos con recursos públicos para realizar trabajos específicos en forma externa por plazo y producto determinado, sin relación de dependencia directa de la entidad y, aquellos consultores en programas y proyectos de inversión publica que realizan actividades relativas a la gestión administrativa/financiera, no podrán ser contratados como consultores por producto.
Que el Artículo 8 del Decreto Supremo N° 27327 de 31 de enero de 2004, establece la racionalización de los gastos en las entidades públicas y determina que mediante Decreto Supremo serán aprobados los incrementos en las partidas de gasto de consultorías 25200 “Estudios e Investigaciones”, 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión” y 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcción de Bienes de Dominio Público”.
Que el Consejo Departamental de la Prefectura de La Paz, mediante Resolución de Consejo N° 959, autoriza al Ejecutivo Prefectural realizar las modificaciones presupuestarias Intrainstitucionales, Interinstitucionales y de Recursos Adicionales de origen interno y externo de la gestión 2005, con la finalidad de realizar los ajustes necesarios al presupuesto Institucional, que tienen el propósito de dar viabilidad al manejo administrativo y financiero de la inversión pública, gastos de capital y gasto corriente.
Que el Consejo Departamental de la Prefectura de La Paz, mediante Resolución de Consejo N° 1032, autoriza al Ejecutivo Prefectural realizar las modificaciones presupuestarias Intrainstitucionales para la reactivación y ejecución del Proyecto Estudio de Factibilidad y Diseño Final del Camino Apolo – Ixiamas.
Que las Resolución Administrativa Prefectural RAP N° 339, firmado por el Prefecto del Departamento de La Paz, autoriza realizar las modificaciones presupuestarias interinstitucionales con incremento en la partida de gasto 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcción de Bienes de Dominio Público” para la gestión 2005.
Que en cumplimiento al Reglamento de Modificaciones Presupuestarias aprobado mediante Decreto Supremo N° 27849 de 12 de noviembre de 2004, la Prefectura del Departamento de La Paz, esta realizando modificaciones intrainstitucionales e interinstitucionales que no incrementan ni disminuyen el Presupuesto General de la Nación.
Que tomando en cuenta lo anteriormente citado, es necesario dictar la presente norma, la misma que en el marco del Capítulo IX del Decreto Supremo Nº 27230 de 31 de octubre de 2003, fue aprobada por el Consejo Nacional de Política Económica – CONAPE en fecha 3 de agosto de 2005.
EN CONSEJO DE GABINETE,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.- Se aprueba y autoriza realizar las Modificaciones Presupuestarias Intrainstitucionales e Interinstitucionales – Gestión 2005, por un total de Bs. 3.567.062.- (TRES MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SESENTA Y DOS 00/100 BOLIVIANOS) a favor de la Prefectura del Departamento de La Paz que no incrementan ni disminuyen el Presupuesto General de la Nación, importe que está consignado para el incremento de la partida 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcción de Bienes de Dominio Público,” de acuerdo a los anexos adjuntos al presente Decreto Supremo y de conformidad al Articulo 8 del Decreto Supremo N° 27327.
El Señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de Agosto del año dos mil cinco.
FDO. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Armando Loayza Mariaca, Iván Avilés Mantilla, Gustavo Avila Bustamante, Gonzalo Méndez Gutiérrez, Waldo Gutiérrez Iriarte, Martha Bozo Espinoza, Carlos Melchor Díaz Villavicencio, Mario Moreno Viruéz, Jaime Eduardo Dunn Castellanos, Maria Cristina Mejía Barragán, Alvaro Muñoz Reyes Navarro, Carlos Antonio Laguna Navarro, Guillermo Rivera Cuellar, Dionisio Garzón Martínez, Naya Ponce Fortún, Pedro Ticona Cruz.