11 DE AGOSTO DE 2005 .- Se aprueba y autoriza a la Prefectura del Departamento de Cochabamba, el incremento de Bs. 4.943.082 en las Partidas 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión” y 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcción de Bienes de Dominio Público” del presupuesto de la Gestión 2005.
DECRETO SUPREMO N° 28284
EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Presupuesto General de la Nación correspondiente a la Gestión 2005, aprobado tácitamente y vigente en el marco de las previsiones contenidas en el Artículo 147 de la Constitución Política del Estado, determina los límites de gastos que tienen las Entidades Públicas del país, entre las cuales se encuentran las Prefecturas de los diferentes Departamentos.
Que el Prefecto del Departamento de Cochabamba, de acuerdo a las atribuciones conferidas por el Decreto Supremo Nº 27849 de 12 de noviembre de 2004, mediante Resolución Prefectural Nº 203/2005 procedió a la aprobación Institucional de la tercera Modificación Presupuestaria de la Gestión 2005.
Que el Consejo Departamental mediante Resolución Nº 038/2005 de 2 de junio de 2005, aprobó y ratificó las modificaciones presupuestarias referidas en el anterior considerando.
Que en las modificaciones presupuestarias aprobadas por la Prefectura del Departamento de Cochabamba, se encuentran cambios en las Partidas Presupuestarias 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión” y 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcción de Bienes de Dominio Público”.
Que el Artículo 8 del Decreto Supremo N° 27327 de 31 de enero de 2004, establece la racionalización de los gastos en las entidades públicas y determina que mediante Decreto Supremo serán aprobados los incrementos en las partidas de gasto de consultorías 25200 “Estudios e Investigaciones”, 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión” y 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcción de Bienes de Dominio Público”.
Que tomando en cuenta lo anteriormente citado, es necesario dictar la presente norma, la misma que en el marco del Capítulo IX del Decreto Supremo Nº 27230 de 31 de octubre de 2003, fue aprobada por el Consejo Nacional de Política Económica – CONAPE en fecha 10 de agosto de 2005.
EN CONSEJO DE GABINETE,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.- Se aprueba y autoriza a la Prefectura del Departamento de Cochabamba, el incremento de Bs. 4.943.082.- en las Partidas 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión” y 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcción de Bienes de Dominio Público” del presupuesto de la Gestión 2005, financiado mediante el traspaso presupuestario intrainstitucional de la Partida 75200 “Transferencia de Capital a instituciones Privadas sin Fines de Lucro”, de acuerdo al Anexo presupuestario adjunto al presente Decreto Supremo.
El Señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de Agosto del año dos mil cinco.
FDO. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Armando Loayza Mariaca, Iván Avilés Mantilla, Gustavo Avila Bustamante, Gonzalo Méndez Gutiérrez, Waldo Gutiérrez Iriarte, Martha Bozo Espinoza, Carlos Melchor Díaz Villavicencio, Mario Moreno Viruéz, Jaime Eduardo Dunn Castellanos, Maria Cristina Mejía Barragán, Alvaro Muñoz Reyes Navarro, Carlos Antonio Laguna Navarro, Guillermo Rivera Cuellar, Dionisio Garzón Martínez, Naya Ponce Fortún, Pedro Ticona Cruz.