11 DE AGOSTO DE 2005 .- Se autoriza al Ministerio de Salud y Deportes realizar las modificaciones presupuestarias en la Partida 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcciones de Bienes de Dominio Público”, por Bs. 1.390.058 (Recursos destinados Seguro Universal Materno Infantil – SUMI).
DECRETO SUPREMO N° 28285
EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 2 y 6 de la Ley N° 2042 de 21 de diciembre de 1999 – Ley de Administración Presupuestaria, establece que la máxima autoridad ejecutiva de la entidad es responsable de la correcta ejecución presupuestaria de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 1178 y, faculta al Poder Ejecutivo a realizar modificaciones presupuestarias intrainstitucionales e interinstitucionales de acuerdo al Reglamento de Modificaciones Presupuestarias, siempre y cuando estas no contravengan disposiciones legales y administrativas en actual vigencia.
Que el Artículo 8 del Decreto Supremo N° 27327 de 31 de enero de 2004, establece la racionalización de los gastos en las entidades públicas y determina que mediante Decreto Supremo serán aprobados los incrementos en las partidas de gasto de consultorías 25200 “Estudios e Investigaciones”, 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión” y 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcción de Bienes de Dominio Público”.
Que el Ministerio de Salud y Deportes a través del Proyecto Reforma de Salud, ha justificado la necesidad de realizar modificaciones presupuestarias dentro del presupuesto aprobado para la presente gestión, con el fin de contratar a firmas consultoras para la realización de auditorias a estados financieros del Seguro Universal Materno Infantil – SUMI.
Que tomando en cuenta lo anteriormente citado, es necesario dictar la presente norma, la misma que en el marco del Capítulo IX del Decreto Supremo Nº 27230 de 31 de octubre de 2003, fue aprobada por el Consejo Nacional de Política Económica – CONAPE en fecha 10 de agosto de 2005.
EN CONSEJO DE GABINETE,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.- Se autoriza al Ministerio de Salud y Deportes realizar las modificaciones presupuestarias en la Partida 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcciones de Bienes de Dominio Público” dentro del presupuesto aprobado para el Proyecto 07 Reforma de Salud, Dirección Administrativa 94, Programa 14, Actividad 00, Unidad Ejecutora 94, Código SISIN 046-50004-0000, Fuente de Financiamiento 70 Crédito Externo, Organismo Financiador 415 AIF, por Bs. 1.390.058.- (UN MILLON TRESCIENTOS NOVENTA MIL CINCUENTA Y OCHO 00/100 BOLIVIANOS); recursos destinados al pago de trabajos de consultorías y auditorias a estados financieros del Seguro Universal Materno Infantil – SUMI.
Los Señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda y, Salud y Deportes, quedan encargados del cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de agosto del año dos mil cinco.
FDO. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Armando Loayza Mariaca, Iván Avilés Mantilla, Gustavo Avila Bustamante, Gonzalo Méndez Gutiérrez, Waldo Gutiérrez Iriarte, Martha Bozo Espinoza, Carlos Melchor Díaz Villavicencio, Mario Moreno Viruéz, Jaime Eduardo Dunn Castellanos, Maria Cristina Mejía Barragán, Alvaro Muñoz Reyes Navarro, Carlos Antonio Laguna Navarro, Guillermo Rivera Cuellar, Dionisio Garzón Martínez, Naya Ponce Fortún, Pedro Ticona Cruz.