12 DE SEPTIEMBRE DE 2005 .- Se autoriza al SNC convocar a la supervisión de la construcción del tramo carretero Palo Marcado – Hito BR 94.
DECRETO SUPREMO N° 28341
EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Supremo N° 27987 de 28 de enero de 2005 instruyó al Servicio Nacional de Caminos – SNC, licitar y suscribir el contrato para la Construcción del Tramo caminero La Vertiente – Hito BR 94, bajo la modalidad de presentación de ofertas de llave en mano, con financiamiento del proveedor en condiciones concesionales, sujeto al financiamiento integral del costo total del proyecto.
Que para tal efecto, el SNC elaboró y aprobó un pliego de condiciones que se acomode al tipo de contratación definida y, que establezca los criterios de evaluación de las propuestas entre otras acciones a llevar a cabo; los cuales, corresponden a la licitación N° 01/2005 de 10 de marzo de 2005 en proceso.
Que el Decreto Supremo N° 28115 de 9 de mayo de 2005 autoriza a la Prefectura del Departamento de Tarija, suscribir los correspondientes contratos de ampliación de la construcción y supervisión técnica con los consorcios adjudicados oportunamente vía Licitación Pública, del tramo Carretero original Villa Montes – La Vertiente a Villa Montes – La Vertiente – Palo Marcado, debiendo proceder a la suscripción de las adendas correspondientes para la prosecución de los trabajos, así como, la ejecución y supervisión técnica de la avenida periférica de la ciudad de Villa Montes.
Que en función a lo establecido en el Decreto Supremo N° 28115, se modificaron los pliegos de licitación, ajustándolos para la licitación del tramo Palo Marcado – Hito BR 94.
Que en fecha 19 de agosto de 2005 se suscribió el Convenio de Ejecución de Obras entre autoridades del Poder Ejecutivo y representantes cívicos de la Tercera Sección de la Provincia Gran Chaco, el mismo que establece que con la finalidad de asegurar la presentación de propuestas válidas para asegurar el financiamiento para la construcción del tramo indicado, es necesario permitir la presentación de propuestas de oferta en precios unitarios.
Que el Decreto Supremo N° 27328 de 31 de enero de 2004 establece varias modalidades de presentación de ofertas, habiéndose definido inicialmente la de llave en mano para esta licitación; a fin de homogenizar la evaluación de propuestas, es necesario discriminar los procesos de supervisión y mantenimiento en la modalidad de presentación de propuestas llave en mano.
Que dada la necesidad de aperturar la opción de presentación de ofertas en precios unitarios, se deben hacer las gestiones correspondientes para obtener el financiamiento.
Que tomando en cuenta lo anteriormente citado, es necesario dictar la presente norma, la misma que en el marco del Capítulo IX del Decreto Supremo Nº 27230 de 31 de octubre de 2003, fue aprobada por el Consejo Nacional de Política Económica – CONAPE en fecha 7 de septiembre de 2005.
EN CONSEJO DE GABINETE,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.-
I. Se autoriza al Servicio Nacional de Caminos – SNC convocar a la supervisión de la construcción del tramo carretero Palo Marcado – Hito BR 94.
II. Se autoriza al SNC introducir las modificaciones necesarias a los pliegos de licitación, incluyendo la modalidad de presentación de ofertas en precios unitarios para la construcción, así como, la discriminación de la supervisión y el mantenimiento bajo la modalidad de presentación de ofertas llave en mano.
III. La vigencia del contrato a ser adjudicado en cualquiera de las dos alternativas estará sujeta al cierre del financiamiento.
IV. Se autoriza al SNC ampliar como plazo máximo de presentación de propuestas, hasta el 15 de octubre de 2005.
V. Los Ministros de Servicios y Obras Públicas y de Hacienda, en el marco de sus competencias, gestionarán el financiamiento para la obra en el marco de lo establecido en el presente Decreto Supremo.
Los Señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda y, Servicios y Obras Públicas quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de septiembre de dos mil cinco años.
FDO. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Armando Loayza Mariaca, Iván Avilés Mantilla, Gustavo Avila Bustamante, Gonzalo Méndez Gutiérrez, Waldo Gutiérrez Iriarte, Martha Bozo Espinoza, Carlos Melchor Díaz Villavicencio, Mario Moreno Viruéz, Jaime Eduardo Dunn Castellanos, Maria Cristina Mejía Barragán, Lourdes Ortiz Daza Ministra Interina de Salud y Deportes, Carlos Antonio Laguna Navarro, Guillermo Ribera Cuellar, Dionisio Garzón Martínez, Naya Ponce Fortún, Pedro Ticona Cruz.