06 DE OCTUBRE DE 2005 .- Aprobar el incremento de partidas de gasto destinadas al pago de consultorías en los proyectos de Desarrollo de Comunidades Rurales PDCR II, en el Presupuesto de la Prefectura del Departamento de Santa Cruz, por Bs. 541.001 .
DECRETO SUPREMO N° 28385
EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2446 de 19 de marzo de 2003 – Ley de Organización del Poder Ejecutivo, establece que el Ministerio de Hacienda es el Organo Rector del Sistema Presupuestario.
Que el Capitulo V de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990 – Ley de Administración y Control Gubernamentales, establece la Responsabilidad por la Función Pública.
Que el Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 27327 de 31 de enero de 2004, dentro el marco de austeridad y racionalización del gasto de las entidades públicas, establece que cualquier incremento en las partidas 25200 “Estudios e investigaciones”, 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión” y 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcciones de Bienes de Dominio Público” deberán ser aprobados mediante Decreto Supremo.
Que la Prefectura del Departamento de Santa Cruz ha solicitado el incremento de la Partida 462 para proyectos ya inscritos y proyectos nuevos a ser inscritos en el Presupuesto institucional de la presente gestión.
Que tomando en cuenta lo anteriormente citado, es necesario dictar la presente norma, la misma que en el marco del Capítulo IX del Decreto Supremo Nº 27230 de 31 de octubre de 2003, fue aprobada por el Consejo Nacional de Política Económica – CONAPE en fecha 28 de septiembre de 2005.
EN CONSEJO DE GABINETE,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.-
I. El presente Decreto tiene por objeto aprobar el incremento de partidas de gasto destinadas al pago de consultorías en los proyectos de Desarrollo de Comunidades Rurales PDCR II, Asfaltado Mataral – Vallegrande, Construcción Puente sobre el Río Grande Tramo Mataral – Ipitá RF22 y Construcción Puente sobre el Río Masicurí Tramo Mataral – Ipitá RF 22 del Presupuesto de la Prefectura del Departamento de Santa Cruz, por un monto de Bs. 541.001.- (QUINIENTOS CUARENTA Y UN MIL UN 00/100 BOLIVIANOS), de acuerdo al detalle establecido en el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo.
II. El Ministerio de Hacienda establecerá los mecanismos necesarios para el registro de las modificaciones presupuestarias en el Sistema Integrado de Gestión y Modernización Administrativa.
El Señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de octubre del año dos mil cinco.
FDO. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Armando Loayza Mariaca, Iván Avilés Mantilla, Gustavo Avila Bustamante, Gonzalo Méndez Gutiérrez, Waldo Gutiérrez Iriarte, Martha Bozo Espinoza, Carlos Melchor Díaz Villavicencio, Mario Moreno Viruéz, Mario Candia Moya Ministro Interino de Hidrocarburos, Maria Cristina Mejía Barragán, Alvaro Muñoz Reyes Navarro, Carlos Antonio Laguna Navarro, Guillermo Ribera Cuellar, Dionisio Garzón Martínez, Naya Ponce Fortún, Pedro Ticona Cruz.