06 DE OCTUBRE DE 2005 .- Aprueba y autoriza la inscripción de Presupuesto a favor del Ministerio de Desarrollo Sostenible, para el proyecto “Refacción, Restauración y Ampliación del Edificio del Ministerio de Desarrollo Sostenible”, por Bs. 167.200 .
DECRETO SUPREMO N° 28388
EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 2 de la Ley del Presupuesto General de la Nación – Gestión 2005, establece que las metas fiscales institucionales del resultado fiscal podrán ser modificadas mediante Resolución expresa del CONAPE, sólo cuando dichas modificaciones no incrementen el déficit fiscal global previsto en el Presupuesto General de la Nación – PGN 2005 y previo informe del Ministerio de Hacienda.
Que el Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 27327 de 31 de enero de 2004, dentro el marco de austeridad y racionalización del gasto de las entidades públicas, establece que cualquier incremento en las partidas 25200 “Estudios e investigaciones”, 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión” y 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcciones de Bienes de Dominio Público” deberán ser aprobados mediante Decreto Supremo.
Que el Artículo 5 del Decreto Supremo Nº 28045 de 16 de marzo de 2005, establece que las modificaciones presupuestarias que incrementen los límites de gasto institucionales deben ser aprobados por Decreto Supremo, previo informe del Ministerio de Hacienda, siempre que no comprometan las metas fiscales globales.
Que en el marco de la cooperación otorgada por el Gobierno del Japón a Bolivia a través de la implementación del Programa de Aumentos de la Producción de Alimentos – 2KR, mediante Convenio Interinstitucional de Financiamiento CIF DGFE/JAP-2KR/003/2003, el Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo – VIPFE, concede al Ministerio de Desarrollo Sostenible, en calidad de Donación, recursos destinados a cubrir los costos que demande la “Refacción, Restauración y Ampliación del Edificio del Ministerio de Desarrollo Sostenible”.
Que el financiamiento otorgado por el VIPFE con Recursos de Contravalor del Programa de Aumento de la Producción de Alimentos – 2KR Donación XXIII – Japón, representa el 100 % del costo del Proyecto.
Que con el propósito de concluir las actividades relacionadas al proyecto “Refacción, Restauración y Ampliación del Edificio del Ministerio de Desarrollo Sostenible”, es necesario la inscripción de recursos en el presupuesto del referido proyecto, en la partida de gasto 25200 “Estudios e Investigaciones”, lo que permitirá pagar los servicios de una consultoría que efectuará la Auditoria Externa al Convenio de Financiamiento CIF DGFE/JAP-2KR/003/2003.
Que la normativa del Sistema de Presupuesto es de aplicación obligatoria en todas las instituciones públicas señaladas en los Artículos 3 y 4 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990 – Ley de Administración y Control Gubernamentales, bajo la responsabilidad de las máximas autoridades ejecutivas y de los servidores públicos que participan en el proceso presupuestario.
Que tomando en cuenta lo anteriormente citado, es necesario dictar la presente norma, la misma que en el marco del Capítulo IX del Decreto Supremo Nº 27230 de 31 de octubre de 2003, fue aprobada por el Consejo Nacional de Política Económica – CONAPE en fecha 28 de septiembre de 2005.
EN CONSEJO DE GABINETE,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.- Se aprueba y autoriza la inscripción de Presupuesto a favor del Ministerio de Desarrollo Sostenible, para el proyecto “Refacción, Restauración y Ampliación del Edificio del Ministerio de Desarrollo Sostenible”, por un monto total de Bs. 167.200.- (CIENTO SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS 00/100 BOLIVIANOS), para la Partida 25200 “Estudios e Investigaciones”, financiado con cargo a Recursos de Contravalor del Tesoro General de la Nación, de acuerdo al Anexo de modificación presupuestaria adjunto al presente Decreto Supremo.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda y Desarrollo Sostenible quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de octubre del año dos mil cinco.
FDO. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Armando Loayza Mariaca, Iván Avilés Mantilla, Gustavo Avila Bustamante, Gonzalo Méndez Gutiérrez, Waldo Gutiérrez Iriarte, Martha Bozo Espinoza, Carlos Melchor Díaz Villavicencio, Mario Moreno Viruéz, Mario Candia Moya Ministro Interino de Hidrocarburos, Maria Cristina Mejía Barragán, Alvaro Muñoz Reyes Navarro, Carlos Antonio Laguna Navarro, Guillermo Ribera Cuellar, Dionisio Garzón Martínez, Naya Ponce Fortún, Pedro Ticona Cruz.