20 DE OCTUBRE DE 2005 .- Se autoriza al SNC, licitar la actualización del estudio de factibilidad y el diseño final del proyecto Cotagaita – Tupiza – Villazón.
DECRETO SUPREMO N° 28402
EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo prescrito por el literal a. del Artículo 4 de la Ley N° 2446 de 19 de marzo de 2003 – Ley de Organización del Poder Ejecutivo, es atribución del Ministerio de Servicios y Obras Públicas formular, ejecutar, evaluar y fiscalizar políticas en servicios básicos, comunicaciones, energía, transporte terrestre, fluvial y lacustres y aeronáutica civil.
Que el inciso a) del Artículo 24 del Decreto Supremo N° 27732 de 15 de septiembre de 2004, Readecuaciones al Reglamento de la Ley de Organización del Poder Ejecutivo, dispone que es atribución del Viceministerio de Transportes proponer políticas, reglamentos e instrucciones para promover y regular el desarrollo del transporte terrestre, fluvial, lacustre y aeronáutica civil.
Que es imperiosa la necesidad de llevar adelante la construcción de la carretera Cotagaita – Tupiza – Villazón, en virtud a que se constituye en un polo de desarrollo del Departamento de Potosí.
Que tomando en cuenta lo anteriormente citado, es necesario dictar la presente norma, la misma que en el marco del Capítulo IX del Decreto Supremo Nº 27230 de 31 de octubre de 2003, fue aprobada por el Consejo Nacional de Política Económica – CONAPE en fecha 20 de octubre de 2005.
EN CONSEJO DE GABINETE,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.-
I. Se autoriza al Servicio Nacional de Caminos licitar la actualización del estudio de factibilidad y el diseño final del proyecto Cotagaita – Tupiza – Villazón.
II. El Servicio Nacional de Caminos elaborará y aprobará los pliegos de condiciones que contendrán las especificaciones técnicas, económicas y legales.
Para este fin, se autoriza la abreviación de los plazos del procedimiento regular establecido en el Texto Ordenado de las Normas Básicas del Subsistema de Contrataciones Estatales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 27328 de 31 de enero de 2004, eliminando la etapa de preselección.
III. La Prefectura del Departamento de Potosí, en el marco legal establecido, será la responsable de asignar y garantizar el 100% de los montos correspondientes para este estudio, a cuenta del aporte local total del proyecto de ejecución de la obra.
IV. Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.
Los Señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda y, Servicios y Obras Públicas quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de octubre del año dos mil cinco.
FDO. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Armando Loayza Mariaca, Iván Avilés Mantilla, Gustavo Avila Bustamante, Gonzalo Méndez Gutiérrez, Waldo Gutiérrez Iriarte, Martha Bozo Espinoza, Carlos Melchor Díaz Villavicencio, Mario Moreno Viruéz, Jaime Eduardo Dunn Castellanos, Maria Cristina Mejía Barragán, Lourdes Ortiz Daza Ministra Interina de Salud y Deportes, Carlos Antonio Laguna Navarro, Guillermo Ribera Cuellar, Dionisio Garzón Martínez, Naya Ponce Fortún, Pedro Ticona Cruz.