10 DE DICIEMBRE DE 2005 .- Se autoriza al Ministro de Hacienda suscribir con la CAF, el Contrato de Préstamo por $us. 84.000.000 (Tercer Programa de Apoyo al Sector Transporte – PAST III.
DECRETO SUPREMO N°28498
EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional como Política de Estado en materia de Inversión Publica Vial, prioriza programas que coadyuven a integrar las zonas actualmente deprimidas, principalmente por una deficiente vinculación vial, contribuyendo de esta manera a un proceso de desarrollo socioeconómico del país.
Que el Tercer Programa de Apoyo al Sector Transporte – PAST III se enmarca a las Políticas de Estado, el cual esta orientado a, incorporar varias regiones con potencial productivo a la economía nacional e integrar a más personas al proceso de desarrollo, donde las inversiones involucradas generen empleo calificado y no calificado, con un gran efecto multiplicador sobre el resto de los sectores productivos; fomentar acciones para la integración física fronteriza entre Bolivia y los países limítrofes, que sirvan de base para un adecuado desarrollo económico mutuo, alineado con los objetivos de desarrollo sostenible regional de la Iniciativa IIRSA.
Que el Programa permitirá facilitar la creación de nuevos mercados de consumo y centros de producción; contribuir a romper el aislamiento y marginación social y económica de las provincias, municipios y comunidades ubicadas dentro del área de influencia de los proyectos; y ofertar costos de transporte más accesibles a potenciales usuarios.
Que las inversiones involucradas generarán empleo calificado y no calificado, con un gran efecto multiplicador sobre el resto de los sectores productivos.
Que para este propósito, la Corporación Andina de Fomento – CAF ha acordado conceder a la República de Bolivia, un crédito de $us. 84.000.000.- (OCHENTA Y CUATRO MILLONES 00/100 DE DOLARES AMERICANOS), destinados a financiar el TERCER PROGRAMA DE APOYO AL SECTOR TRANSPORTE – PAST III.
Que es preciso autorizar la suscripción del respectivo Contrato de Préstamo con la Corporación Andina de Fomento – CAF, a objeto de materializar el financiamiento.
Que tomando en cuenta lo anteriormente citado, es necesario dictar la presente norma, la misma que en el marco del Capítulo IX del Decreto Supremo Nº 27230 de 31 de octubre de 2003, fue aprobada por el Consejo Nacional de Política Económica – CONAPE en fecha 7 de diciembre de 2005.
EN CONSEJO DE GABINETE,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.-
I. Se autoriza al Ministro de Hacienda suscribir con la Corporación Andina de Fomento – CAF, en nombre del Gobierno de la República de Bolivia, el Contrato de Préstamo por $us. 84.000.000.- (OCHENTA Y CUATRO MILLONES 00/100 DE DOLARES AMERICANOS), destinados a financiar el TERCER PROGRAMA DE APOYO AL SECTOR TRANSPORTE – PAST III.
II. Se autoriza al Ministro de Hacienda suscribir el Convenio Subsidiario de transferencia de recursos con el Servicio Nacional de Caminos – SNC como Entidad Ejecutora del Contrato, por la suma de $us. 84.000.000.- (OCHENTA Y CUATRO MILLONES 00/100 DE DOLARES AMERICANOS)
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda y de Servicios y Obras Públicas quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, a los diez días del mes de diciembre del año dos mil cinco.
FDO. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Hernando Velasco Tárraga Ministro Interino de RR.EE. y Culto, Iván Avilés Mantilla, Gustavo Avila Bustamante, Gonzalo Méndez Gutiérrez, Waldo Gutiérrez Iriarte, Martha Bozo Espinoza, Carlos Díaz Villavicencio, Mario Moreno Viruéz, Sergio M. Medinaceli Monroy, Maria Cristina Mejía Barragán, Alvaro Muñoz Reyes Navarro, Carlos Antonio Laguna Navarro, Guillermo Ribera Cuellar, Dionisio Garzón Martínez, Naya Ponce Fortún, Pedro Ticona Cruz.