10 DE DICIEMBRE DE 2005 .- Aprobar el incremento de partidas de gasto destinadas al pago de consultorías en el proyecto: Manejo Integral Microcuenca Eiti en el Departamento de Santa Cruz.
DECRETO SUPREMO N° 28503
EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2446 de 19 de marzo de 2003 – Ley de Organización del Poder Ejecutivo, establece que el Ministerio de Hacienda es el Organo Rector del Sistema Presupuestario.
Que el Capitulo V de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990 – Ley de Administración y Control Gubernamentales, establece la Responsabilidad por la Función Pública.
Que el Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 27327 de 31 de enero de 2004, dentro el marco de austeridad y racionalización del gasto de las entidades públicas, establece que cualquier incremento en las partidas 25200 “Estudios e investigaciones”, 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión” y 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcciones de Bienes de Dominio Público” deberán ser aprobados mediante Decreto Supremo.
Que la Prefectura del Departamento de Santa Cruz ha solicitado el incremento de la Partida 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcciones de Bienes de Dominio Público” para proyectos ya inscritos y nuevos a ser inscritos en el Presupuesto institucional de la presente gestión.
Que tomando en cuenta lo anteriormente citado, es necesario dictar la presente norma, la misma que en el marco del Capítulo IX del Decreto Supremo Nº 27230 de 31 de octubre de 2003, fue aprobada por el Consejo Nacional de Política Económica – CONAPE en fecha 7 de diciembre de 2005.
EN CONSEJO DE GABINETE,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.-
I. El presente Decreto Supremo tiene por objeto aprobar el incremento de partidas de gasto destinadas al pago de consultorías en el proyecto: Manejo Integral Microcuenca Eiti.
II. Se aprueba el incremento en la Partida de Gasto 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcción de Bienes de Domino Público”, de la Prefectura del Departamento de Santa Cruz, de acuerdo al detalle que como Anexo forma parte del presente Decreto Supremo.
III. El Ministerio de Hacienda establecerá los mecanismos necesarios para el registro de las modificaciones presupuestarias en el Sistema Integrado de Gestión y Modernización Administrativa.
El Señor Ministro de Estado, en el Despacho de Hacienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, a los diez días del mes de diciembre del año dos mil cinco.
FDO. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Hernando Velasco Tárraga Ministro Interino de RR.EE. y Culto, Iván Avilés Mantilla, Gustavo Avila Bustamante, Gonzalo Méndez Gutiérrez, Waldo Gutiérrez Iriarte, Martha Bozo Espinoza, Carlos Díaz Villavicencio, Mario Moreno Viruéz, Sergio M. Medinaceli Monroy, Maria Cristina Mejía Barragán, Alvaro Muñoz Reyes Navarro, Carlos Antonio Laguna Navarro, Guillermo Ribera Cuellar, Dionisio Garzón Martínez, Naya Ponce Fortún, Pedro Ticona Cruz.