22 DE DICIEMBRE DE 2005 .- Se aprueba y autoriza la modificación presupuestaria Intrainstitucional con destino a la partida 46200 por Bs. 57.330 a favor del SENASAG.
DECRETO SUPREMO N° 28550
EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 8 del Decreto Supremo Nº 27327 de 31 de enero de 2004, dentro el marco de austeridad y racionalización del gasto de las entidades públicas, establece que cualquier incremento en las partidas 25200 “Estudios e investigaciones”, 25800 “Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión” y 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcciones de Bienes de Dominio Público” deberán ser aprobados mediante Decreto Supremo.
Que el Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios – MACA, en fecha 5 de octubre de 2005, ha suscrito con la Prefectura del Departamento de Chuquisaca, la Adenda Nº D.D.J. 85/2005 al Convenio Interinstitucional para la ejecución del Subprograma de Erradicación de la Fiebre Aftosa de Chuquisaca.
Que la Prefectura del Departamento de Chuquisaca, para la Gestión 2005, ha inscrito un presupuesto adicional en el Presupuesto General de la Nación, por un monto en Bs. 188.100.- (CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL CIEN 00/100 BOLIVIANOS) en el marco de lo establecido en el Artículo 147 de la Constitución Política del Estado.
Que el Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria – SENASAG ha reformulado su presupuesto, a través de un traspaso intrainstitucional por un monto en Bs. 57.330.- (CINCUENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA 00/100 BOLIVIANOS) a la Partida 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcciones de Bienes de Dominio Público”, para el pago de Honorarios al Personal del Subprograma de Erradicación de la Fiebre Aftosa y Rabia Bovina Carbunclo del Departamento de Chuquisaca.
Que tomando en cuenta lo anteriormente citado, es necesario dictar la presente norma, la misma que en el marco del Capítulo IX del Decreto Supremo Nº 27230 de 31 de octubre de 2003, fue aprobada por el Consejo Nacional de Política Económica – CONAPE en fecha 15 de diciembre de 2005.
EN CONSEJO DE GABINETE,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.- Se aprueba y autoriza la modificación presupuestaria Intrainstitucional con destino a la partida 46200 “Estudios y Proyectos para Inversión para Construcciones de Bienes de Dominio Público”, por un monto de Bs. 57.330.- (CINCUENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA 00/100 BOLIVIANOS), a favor del Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria – SENASAG, inscritos en el Presupuesto General de la Nación – PGN de los fondos provenientes de la Adenda Nº D.D.J. 85/2005 al Convenio Interinstitucional suscrito con la Prefectura del Departamento de Chuquisaca, de acuerdo al Anexo que se encuentra adjunto al presente Decreto Supremo.
El Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz, a los veintidós días del mes de diciembre del año dos mil cinco.
FDO. EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE, Armando Loayza Mariaca, Iván Avilés Mantilla, Gustavo Avila Bustamante, Gonzalo Méndez Gutiérrez, Waldo Gutiérrez Iriarte, Martha Bozo Espinoza, Carlos Díaz Villavicencio, Mario Moreno Viruéz, Sergio M. Medinaceli Monroy, Maria Cristina Mejía Barragán, Alvaro Muñoz Reyes Navarro, Carlos Antonio Laguna Navarro, Guillermo Ribera Cuellar, Dionisio Garzón Martínez, Naya Ponce Fortún, Pedro Ticona Cruz.