Decreto Supremo N° 29275
13 DE SEPTIEMBRE DE 2007 .- Conforma de un Consejo Interministerial que respalde las acciones necesarias que la Administradora Boliviana de Carreteras lleve adelante en contra de quienes resulten responsables del daño económico causado al Estado, emergente de los procesos de contratación para la construcción de carreteras.
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
El presente Decreto Supremo tiene por objeto la conformación de un Consejo Interministerial que respalde las acciones necesarias que la Administradora Boliviana de Carreteras lleve adelante en contra de quienes resulten responsables del daño económico causado al Estado, emergente de los procesos de contratación para la construcción de carreteras.
I. El Consejo Interministerial estará integrado por los Ministros de Relaciones Exteriores y Cultos, Presidencia, Justicia, Planificación del Desarrollo, Hacienda y Obras Públicas, Servicios y Vivienda. II. El Consejo Intemiinisterial estará presidido por el Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, en su calidad de cabeza de sector.
El Consejo Interministerial definirá los lineamientos para la realización de una auditoria integral relativa a los contratos suscritos por el ex Servicio Nacional de Caminos y por la Administradora Boliviana de Carreteras con la empresa contratista Queiroz Galvao.
El Comité Interinstitucional adoptará todas las medidas conducentes a la continuidad de los trabajos de pavimentación a efectos de impulsar el desarrollo en la región.
Con el fin de defender los intereses del Estado y en el marco normativo de contratación de bienes y servicios del Estado vigente en el país, la Administradora Boliviana de Carreteras podrá proceder a la contratación de abogados o estudios jurídicos para la atención de los procesos administrativos, jurisdiccionales y/O arbitrales, emergentes de los contratos suscritos con la empresa Queiroz Galvao.
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Los Señores Ministros de Estado, en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cultos, Presidencia, Justicia, Planificación del Desarrollo, Hacienda y Obras Públicas, Servicios y Vivienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobiemo de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE GOBIERNO, Walker San Miguel Rodríguez MINISTRO DE DEFENSA NAL. E INTERINO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTOS, Gabriel Loza Tellería, Luis Alberto Arce Catacora, Celinda Sosa Lunda, José Kinn Franco MINISTRO DE 00.PP. SERVICIOS Y VIVIENDA E INTERINO DEL AGUA, Susana Rivero Guzmán, Carlos Villegas Quiroga, Luis Alberto Echazú Alvarado, Walter Delgadillo Terceros MINISTRO DE TRABAJO E INTERINO DE JUSTICIA, María Magdalena Cajías de la Vega, Nila Heredia Miranda.