25 DE NOVIEMBRE DE 2019 .- Designa al ciudadano SALVADOR IGNACIO ROMERO BALLIVIAN, como VOCAL DEL TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL, en representación del Órgano Ejecutivo, quien tomará posesión del cargo con las formalidades de rigor, previo cumplimiento de lo establecido por Ley.
DECRETO PRESIDENCIAL N° 4085
JEANINE AÑEZ CHAVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política del Estado, establece que el Estado se organiza y
estructura su poder público a través de los Órganos Legislativo, Ejecutivo,
Judicial y Electoral. La organización del Estado está fundamentada en la
independencia, separación, coordinación y cooperación de estos órganos.
Que el Parágrafo I del Artículo 205 de la Constitución Política del Estado,
señala que el Órgano Electoral Plurinacional está compuesto por el Tribunal
Supremo Electoral, los Tribunales Electorales Departamentales, los Juzgados
Electorales, los Jurados de las Mesas de sufragio y los Notarios Electorales.
Que el Artículo 206 de la Constitución Política del Estado determina que el
Tribunal Supremo Electoral es el máximo nivel del Órgano Electoral, tiene
jurisdicción nacional. Asimismo, la Asamblea Legislativa Plurinacional, por
dos tercios de votos de los miembros presentes, elegirá a seis (6) de los
miembros del Órgano Electoral Plurinacional. La Presidenta o el Presidente del
Estado designará a uno (1) de sus miembros.
Que la Ley Nº 18, de 16 de junio de 2010, del Órgano Electoral Plurinacional,
norma el ejercicio de la función electoral, jurisdicción, competencias,
obligaciones, atribuciones, organización, funcionamiento, servicios y régimen
de responsabilidades del Órgano Electoral Plurinacional, para garantizar la
democracia intercultural en Bolivia
Que el numeral 1 del Artículo 13 de la citada Ley, en concordancia con el
Parágrafo III del Artículo 206 de la Constitución Política del Estado, señala
que el Presidente del Estado Plurinacional designa a una o un Vocal.
Que la Ley Nº 1266 “Ley del Régimen excepcional y transitorio para la
realización de elecciones generales” de 25 de noviembre de 2019, en su
artículo 4 determinó que los Vocales Titulares y Suplentes del Tribunal
Supremo Electoral cesarán en sus funciones a partir de la promulgación de
dicha Ley. Por lo que a la fecha corresponde a la Presidenta designar a un
Vocal del Tribunal Supremo Electoral, en cumplimiento de la Constitución
Política del Estado y la Ley Nº 18.
DECRETA:
Artículo Único.- Se designa al ciudadano SALVADOR IGNACIO ROMERO
BALLIVIAN , como VOCAL DEL TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL , en
representación del Órgano Ejecutivo, quien tomará posesión del cargo con las
formalidades de rigor, previo cumplimiento de lo establecido por Ley.
Es dado en Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los veinticinco días
del mes de noviembre de dos mil diecinueve.
FDO. JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA