05 DE ENERO DE 2021 .- Designa al ciudadano ANTONIO ZACARIAS CONDORI HUANCA, como VOCAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEPARTAMENTAL DE LA PAZ, en representación del Órgano Ejecutivo.
**DECRETO PRESIDENCIAL N° 4440
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
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CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo I del Artículo 12 de la Constitución Política del Estado,
determina que el Estado se organiza y estructura su poder público a través de
los Órganos Legislativo, Ejecutivo, Judicial y Electoral. La organización del
Estado está fundamentada en la independencia, separación, coordinación y
cooperación de estos órganos.
Que el Parágrafo I del Artículo 205 del Texto Constitucional, establece que el
Órgano Electoral Plurinacional está compuesto por el Tribunal Supremo
Electoral, los Tribunales Electorales Departamentales, los Juzgados
Electorales, los Jurados de las Mesas
de Sufragio y los Notarios Electorales.
Que el Parágrafo I del Artículo 31 de la Ley N° 018, de 16 de junio de 2010,
delÓrgano Electoral Plurinacional, dispone que los Tribunales Electorales
Departamentales son el máximo nivel y autoridad del Órgano Electoral
Plurinacional a nivel departamental, con jurisdicción y atribuciones en sus
respectivos departamentos, bajo las directrices del Tribunal Supremo
Electoral. Su sede está en la capital del respectivo departamento.
Que el Artículo 32 de la Ley N° 018, señala que para cada departamento se
establece un Tribunal Electoral Departamental integrado por cinco (5) Vocales,
de los cuales al menos uno (1) será de una nación o pueblo indígena originario
campesino del departamento. Del total de Vocales de cada Tribunal al menos dos
(2) serán mujeres.
Que el numeral 1 del Artículo 33 de la Ley N° 018, dispone que la Presidenta o
el Presidente del Estado Plurinacional designará a una o un (1) Vocal en cada
Tribunal Electoral Departamental.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.-
I. Se designa al ciudadano ANTONIO ZACARIAS CONDORI HUANCA, como VOCAL DEL
TRIBUNAL ELECTORAL DEPARTAMENTAL DE LA PAZ, en representación del Órgano
Ejecutivo, quien tomará posesión del cargo con las formalidades de rigor,
previo cumplimiento de lo establecido por Ley.
II. Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias al presente
Decreto Presidencial.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los cinco días
del mes de enero del año dos mil veintiuno.
Fdo. Luis Alberto Arce Catacora, Maria Nela Prada Tejada MINISTRA DE LA
PRESIDENCIA E INTERINA DE RELACIONES EXTERIORES.