17 DE JULIO DE 2024 .- El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar, en la presente gestión, al Ministerio de Defensa la compra de vehículos destinados al Instituto Geográfico Militar y de Catastración Nacional, para el desarrollo de actividades de actualización cartográfica, demarcación, administración de la red geodésica nacional y otros relacionados a trabajos geoespaciales del Estado Plurinacional de Bolivia.
DECRETO SUPREMO Nº 5184
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 244 de la Constitución Política del Estado determina que las Fuerzas Armadas tienen por misión fundamental defender y conservar la independencia, seguridad y estabilidad del Estado, su honor y la soberanía del país; asegurar el imperio de la Constitución, garantizar la estabilidad del Gobierno legalmente constituido, y participar en el desarrollo integral del país.
Que el inciso i) del Artículo 6 de la Ley Nº 1405, de 30 de diciembre de 1992, establece que para el cumplimiento de su misión las Fuerzas Armadas tienen entre sus atribuciones y responsabilidades, el formar, completar y actualizar la cartografía nacional y sus derivados.
Que el Decreto Supremo Nº 1158, de 6 de mayo de 1948, elevado a rango de Ley por Ley de 21 de diciembre de 1948, asigna al Instituto Geográfico Militar y de Catastración Nacional, como misión específica, la confección del Mapa General de la República actual Estado Plurinacional de Bolivia y sus derivados; asimismo, en su Artículo 2º señala que esta repartición, dependerá en lo administrativo, directamente del Ministerio de Defensa Nacional actual Ministerio de Defensa y en lo técnico del Comando en Jefe de las Fuerzas Armadas del Estado.
Que el Artículo 12 del Decreto Supremo Nº 0283, de 2 de septiembre de 2009, modificado por el Parágrafo I del Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 2063, de 23 de julio de 2014, establece que independientemente de la fuente de financiamiento, la compra de vehículos debe ser autorizada mediante Decreto Supremo expreso.
Que para el desarrollo de las actividades del Instituto Geográfico Militar y de Catastración Nacional, de actualización cartográfica, demarcación, administración de la red geodésica nacional y otros relacionados a trabajos geoespaciales del Estado Plurinacional de Bolivia, el Ministerio de Defensa requiere la adquisición de vehículos.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO). El presente Decreto Supremo tiene por objeto autorizar, en la presente gestión, al Ministerio de Defensa la compra de vehículos destinados al Instituto Geográfico Militar y de Catastración Nacional, para el desarrollo de actividades de actualización cartográfica, demarcación, administración de la red geodésica nacional y otros relacionados a trabajos geoespaciales del Estado Plurinacional de Bolivia.
ARTÍCULO 2.- (AUTORIZACIÓN). Se autoriza al Ministerio de Defensa la compra de cinco (5) vehículos tipo camioneta 4x4, modelo estándar, por un monto de hasta Bs1.453.145.- (UN MILLÓN CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO CUARENTA Y CINCO 00/100 BOLIVIANOS).
DISPOSICIONES FINALES
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.- La aplicación del presente Decreto Supremo no representará recursos adicionales del Tesoro General de la Nación - TGN.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Defensa, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de julio del año dos mil veinticuatro.
FDO. LUIS ALBERTO ARCE CATACORA, Celinda Sosa Lunda, Maria Nela Prada Tejada, Carlos Eduardo Del Castillo Del Carpio, Edmundo Novillo Aguilar, Sergio Armando Cusicanqui Loayza, Marcelo Alejandro Montenegro Gómez García, Franklin Molina Ortiz, Néstor Huanca Chura, Edgar Montaño Rojas, Alejandro Santos Laura, Iván Manolo Lima Magne, Verónica Patricia Navia Tejada, María Renee Castro Cusicanqui, Humberto Alan Lisperguer Rosales, Omar Veliz Ramos, Santos Condori Nina, Esperanza Guevara.