14 DE AGOSTO DE 2024 .- El presente Decreto Supremo tiene por objeto: a) Autorizar la suscripción del Contrato de Préstamo BOL-39/2024 con el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata – FONPLATA para financiar el “Programa Nacional de Infraestructuras Complementarias para Espacios Deportivos en Unidades Educativas de Bolivia”; b) Disponer la transferencia de los recursos externos de crédito a favor del Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social – FPS, en su condición de Organismo Ejecutor.
DECRETO SUPREMO N° 5201
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 105 de la Constitución Política del Estado determina que el Estado promoverá, mediante políticas de educación, recreación y salud pública, el desarrollo de la cultura física y de la práctica deportiva en sus niveles preventivo, recreativo, formativo y competitivo, con especial atención a las personas con discapacidad. El Estado garantizará los medios y los recursos económicos necesarios para su efectividad.
Que el Parágrafo X del Artículo 2 de la Ley N° 070, de 20 de diciembre de 2010, de la Educación "Avelino Siñani - Elizardo Pérez", establece que el Estado deberá promover y desarrollar la práctica deportiva, preventiva, recreativa, formativa y competitiva en toda la estructura del Sistema Educativo Plurinacional, mediante la implementación de políticas de educación, recreación y salud pública.
Que el Resultado 5.1.3 de la Meta 5.1 "Garantizar el Ejercicio del Derecho a una Educación Integral, Intercultural y Plurilingüe con Calidad y Sin Discriminación de Raza, Origen, Género, Creencia y Discapacidad en todo el Sistema Educativo Plurinacional" del Eje 5 "Educación, Investigación, Ciencia y Tecnología para el Fortalecimiento y Desarrollo de Capacidades y Potencialidades Productivas" del Plan de Desarrollo Económico y Social 2021-2025 "Reconstruyendo la Economía para Vivir Bien, hacia la Industrialización con Sustitución de Importaciones", aprobado por Ley N° 1407, de 9 de noviembre de 2021, dispone que al 2025 se han implementado las condiciones materiales y de gestión pedagógica e institucional, promoviendo la formación integral y holística que fortalece y evalúa de manera independiente la calidad educativa.
Que el Artículo 12 del Decreto Supremo N° 25984, de 16 de noviembre de 2000, de la Política Nacional de Compensación, crea el Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social, como entidad de derecho público, descentralizada, con personería jurídica propia, autonomía administrativa, técnica y financiera, actualmente bajo tuición del Ministerio de Planificación del Desarrollo, para contribuir al desarrollo económico y social.
Que el Decreto Supremo N° 3364, de 18 de octubre de 2017, tiene por objeto determinar las obligaciones de las Entidades que intervengan en el proceso de transferencia de recursos externos de crédito o donación oficial.
Que el Parágrafo I del Artículo 3 del Decreto Supremo N° 3364 señala que la transferencia de recursos externos de crédito será establecida mediante el Decreto Supremo que autorice la suscripción del Documento de Crédito. En el caso de recursos de donación, dicha transferencia operará con la suscripción del Documento de Donación.
Que el inciso l) del Artículo 38 del Decreto Supremo N° 4857, de 6 de enero de 2023, Organización del Órgano Ejecutivo, establece que es atribución de la Ministra(o) de Planificación del Desarrollo, gestionar, negociar y suscribir convenios de financiamiento externo, de cooperación económica y financiera internacional, en el marco del Plan de Desarrollo Económico y Social - PDES, en coordinación con los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Economía y Finanzas Públicas.
Que se ha gestionado un préstamo con el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata - FONPLATA para el financiamiento del "Programa Nacional de Infraestructuras Complementarias para Espacios Deportivos en Unidades Educativas de Bolivia" con el objetivo de coadyuvar al desarrollo de la educación, fomentando a las actividades deportivas y cuidando la salud y mejora del bienestar de la población estudiantil de los niveles Inicial, Primaria y Secundaria en unidades educativas fiscales del país, a través de la construcción de infraestructuras complementarias en áreas deportivas para el desarrollo de las competencias de educación física.
Que es necesario autorizar la suscripción del Contrato de Préstamo BOL-39/2024 con FONPLATA, a objeto de materializar el financiamiento para la ejecución del "Programa Nacional de Infraestructuras Complementarias para Espacios Deportivos en Unidades Educativas de Bolivia".
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO).
El presente Decreto Supremo tiene por objeto:
a) Autorizar la suscripción del Contrato de Préstamo BOL-39/2024 con el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata - FONPLATA para financiar el "Programa Nacional de Infraestructuras Complementarias para Espacios Deportivos en Unidades Educativas de Bolivia";
b) Disponer la transferencia de los recursos externos de crédito a favor del Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social - FPS, en su condición de Organismo Ejecutor.
ARTÍCULO 2.- (AUTORIZACIÓN).
I. Se autoriza al Ministro de Planificación del Desarrollo, en nombre y representación del Estado Plurinacional de Bolivia, a suscribir con FONPLATA el Contrato de Préstamo BOL-39/2024 por un monto de hasta $us50.000.000.- (CINCUENTA MILLONES 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES), destinados a financiar el "Programa Nacional de Infraestructuras Complementarias para Espacios Deportivos en Unidades Educativas de Bolivia".
II. Suscrito el Contrato de Préstamo BOL-39/2024 con FONPLATA, éste deberá ser remitido a consideración y aprobación de la Asamblea Legislativa Plurinacional, en cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 10 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado.
ARTÍCULO 3.- (TRANSFERENCIA DE RECURSOS EXTERNOS DE CRÉDITO).
I. Cumplida la formalidad prevista en el Parágrafo II del Artículo 2 del presente Decreto Supremo, se otorgará en calidad de transferencia el monto de hasta $us50.000.000.- (CINCUENTA MILLONES 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES) al FPS como Organismo Ejecutor de los recursos del Contrato de Préstamo BOL-39/2024 con FONPLATA para el "Programa Nacional de Infraestructuras Complementarias para Espacios Deportivos en Unidades Educativas de Bolivia".
II. El FPS, en su condición de Organismo Ejecutor, queda sujeto a lo establecido en el Decreto Supremo N° 3364, de 18 de octubre de 2017, para la administración de los recursos transferidos.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Planificación del Desarrollo; y de Economía y Finanzas Públicas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de agosto del año dos mil veinticuatro.
FDO. LUIS ALBERTO ARCE CATACORA , Celinda Sosa Lunda, Maria Nela Prada Tejada, Carlos Eduardo Del Castillo Del Carpio, Edmundo Novillo Aguilar, Sergio Armando Cusicanqui Loayza, Marcelo Alejandro Montenegro Gómez García, Alejandro Gallardo Baldiviezo, Néstor Huanca Chura, Edgar Montaño Rojas, Alejandro Santos Laura, Iván Manolo Lima Magne, Erland Julio Rodríguez Lafuente, María Renee Castro Cusicanqui, Humberto Alan Lisperguer Rosales, Omar Veliz Ramos, Juan Yamil Flores Lazo, Esperanza Guevara.