23 DE OCTUBRE DE 2024 .- Con la finalidad de reconocer a las víctimas de las graves violaciones a los derechos humanos acaecidas en el periodo comprendido entre el último cuatrimestre del año 2019 hasta el día 7 de noviembre del año 2020, el presente Decreto Supremo tiene por objeto declarar “Mes de la Memoria, Verdad y Justicia”.
DECRETO SUPREMO N° 5255
DAVID CHOQUEHUANCA CÉSPEDES
PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el numeral 1 del Artículo 174 de la Constitución Política del Estado determina como atribución de la Vicepresidenta o del Vicepresidente del Estado, asumir la Presidencia del Estado, en los casos establecidos en la Constitución.
Que el Parágrafo II del Artículo 8 del Texto Constitucional establece que el Estado se sustenta en los valores de unidad, igualdad, inclusión, dignidad, libertad, solidaridad, reciprocidad, respeto, complementariedad, armonía, transparencia, equilibrio, igualdad de oportunidades, equidad social y de género en la participación, bienestar común, responsabilidad, justicia social, distribución y redistribución de los productos y bienes sociales, para vivir bien.
Que el numeral 1 del Artículo 9 de la Constitución Política del Estado dispone como fin y función esencial del Estado, entre otros, además de los que establece la Constitución y la ley, constituir una sociedad justa y armoniosa, cimentada en la descolonización, sin discriminación ni explotación, con plena justicia social, para consolidar las identidades plurinacionales.
Que el Parágrafo III del Artículo 14 del Texto Constitucional señala que el Estado garantiza a todas las personas y colectividades, sin discriminación alguna, el libre y eficaz ejercicio de los derechos establecidos en la Constitución, las leyes y los tratados internacionales de derechos humanos.
Que los numerales 3 y 4 del Artículo 108 de la Constitución Política del Estado establecen que son deberes de las bolivianas y los bolivianos, promover y difundir la práctica de los valores y principios que proclama la Constitución; y defender, promover y contribuir al derecho a la paz y fomentar la cultura de paz.
Que es necesario reconocer a las víctimas de las graves violaciones a los derechos humanos acaecidas en el periodo comprendido entre el último cuatrimestre del año 2019 hasta el día 7 de noviembre del año 2020, en el marco de las recomendaciones nacionales e internacionales en materia de Derechos Humanos, realizando acciones de concientización y sensibilización que coadyuven a mantener viva la memoria de los eventos históricos suscitados.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- (OBJETO). Con la finalidad de reconocer a las víctimas de las graves violaciones a los derechos humanos acaecidas en el periodo comprendido entre el último cuatrimestre del año 2019 hasta el día 7 de noviembre del año 2020, el presente Decreto Supremo tiene por objeto declarar "Mes de la Memoria, Verdad y Justicia".
ARTÍCULO 2.- (DECLARACIÓN). Se declara el mes de noviembre de cada año como "Mes de la Memoria, Verdad y Justicia".
ARTÍCULO 3.- (ACCIONES DE CONCIENTIZACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN).
I. Durante el mes de noviembre de cada año las entidades e instituciones públicas del Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado realizarán acciones de concientización y sensibilización que coadyuven a mantener viva la memoria de los eventos históricos suscitados en el periodo comprendido entre el último cuatrimestre del año 2019 hasta el día 7 de noviembre del año 2020, en reconocimiento a las víctimas de las graves violaciones a los derechos humanos.
II. Las entidades e instituciones públicas del Estado Plurinacional de Bolivia no señaladas en el Parágrafo precedente, podrán desarrollar dichas acciones, en el marco de sus atribuciones y competencias.
DISPOSICIONES FINALES
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA. - La implementación del presente Decreto Supremo no representará recursos adicionales del Tesoro General de la Nación - TGN.
La señora Ministra de Estado en el Despacho de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización, queda encargada de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil veinticuatro.
FDO. DAVID CHOQUEHUANCA CÉSPEDES, Maria Nela Prada Tejada MINISTRA DE LA PRESIDENCIA E INTERINA DE RELACIONES EXTERIORES, Carlos Eduardo Del Castillo Del Carpio, Edmundo Novillo Aguilar, Sergio Armando Cusicanqui Loayza, Marcelo Alejandro Montenegro Gómez García, Alejandro Gallardo Baldiviezo, Néstor Huanca Chura, Edgar Montaño Rojas, Alejandro Santos Laura, César Adalid Siles Bazán MINISTRO DE JUSTICIA Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL E INTERINO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL, María Renee Castro Cusicanqui, Humberto Alan Lisperguer Rosales, Omar Veliz Ramos, Juan Yamil Flores Lazo, Esperanza Guevara.