26 DE MARZO DE 2025 .- Autoriza a la Administradora Boliviana de Carreteras – ABC incrementar, para la gestión 2025, la subpartida 46210 “Consultoría por Producto para Construcciones de Bienes Públicos de Dominio Público” por el monto de Bs5.838.661,62.- (CINCO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y UN 62/100 BOLIVIANOS), a través de un traspaso presupuestario interinstitucional del Tesoro General de la Nación – TGN, financiado con fuente y organismo financiador 41 - 111 “Transferencias TGN”, para el Estudio de Diseño Técnico de Preinversión del Proyecto “Const. Puente Vehicular Tiquina”.
DECRETO SUPREMO N° 5357
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el numeral 9 del Parágrafo II del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado determina que es competencia exclusiva del nivel central del Estado, la planificación, diseño, construcción, conservación y administración de carreteras de la Red Fundamental.
Que el Artículo 5 de la Ley N° 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, establece que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados.
Que la Ley N° 3507, de 27 de octubre de 2006, crea la Administradora Boliviana de Carreteras, encargada de la planificación y gestión de la Red Vial Fundamental; en el marco del fortalecimiento del proceso de descentralización.
Que los Parágrafos I y II del Artículo 15 de la Ley N° 614, de 13 de diciembre de 2014, del Presupuesto General del Estado Gestión 2015, incorporado en el inciso l) del Parágrafo I del Artículo 47 de la Ley N° 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, incorporado por la Disposición Final Segunda de la Ley Nº 1613, del Presupuesto General del Estado Gestión 2025, publicada el 1 de enero de 2025, autorizan al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, y al Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo, dependiente del Ministerio de Planificación del Desarrollo, en el marco de sus competencias, inscribir y/o incrementar el gasto en las partidas 25200 "Estudios, Investigaciones, Auditorías Externas y Revalorizaciones", 25800 "Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión No Capitalizables", y Subgrupo 46000 "Estudios y Proyectos para Inversión", cuyo financiamiento provenga de recursos de donación externa, crédito externo y/o contraparte nacional, según lo establecido en los convenios respectivos, los cuales no ameritarán la emisión de Decreto Supremo; para las demás fuentes de financiamiento y los casos que no correspondan a contraparte nacional, deberá aprobarse mediante Decreto Supremo específico.
Que el Artículo 3 del Decreto Supremo Nº 28946, de 25 de noviembre de 2006, que reglamenta parcialmente la Ley Nº 3507, dispone que la Administradora Boliviana de Carreteras – ABC tiene como misión institucional la integración nacional, mediante la planificación y la gestión de la Red Vial Fundamental, las cuales comprenden actividades de: planificación, administración, estudios y diseños, construcción, mantenimiento, conservación y operación de la Red Vial Fundamental y sus accesos, en el marco del Plan Nacional de Desarrollo y de la gestión pública nacional, con el fin de contribuir al logro de servicios de transporte terrestre eficientes, seguros y económicos.
Que con la finalidad de realizar la ejecución del proyecto "Const. Puente Vehicular Tiquina" es necesario contratar una consultoría por producto para realizar el Estudio de Diseño Técnico de Preinversión, siendo necesaria la emisión del presente Decreto Supremo.
EN CONSEJOS DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se autoriza a la Administradora Boliviana de Carreteras – ABC incrementar, para la gestión 2025, la subpartida 46210 "Consultoría por Producto para Construcciones de Bienes Públicos de Dominio Público" por el monto de Bs5.838.661,62.- (CINCO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y UN 62/100 BOLIVIANOS), a través de un traspaso presupuestario interinstitucional del Tesoro General de la Nación – TGN, financiado con fuente y organismo financiador 41 - 111 "Transferencias TGN", para el Estudio de Diseño Técnico de Preinversión del Proyecto "Const. Puente Vehicular Tiquina".
Los señores Ministros de Estado en sus respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en la Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de marzo del año dos mil veinticinco.
FDO. LUIS ALBERTO ARCE CATACORA , Celinda Sosa Lunda, Maria Nela Prada Tejada, Carlos Eduardo Del Castillo Del Carpio, Edmundo Novillo Aguilar, Zenón Pedro Mamani Ticona MINISTRO DE DESARROLLO PRODUCTIVO Y ECONOMÍA PLURAL E INTERINO DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO, Edgar Montaño Rojas Fdo. Alejandro Santos Laura MINISTRO DE MINERÍA Y METALURGIA E INTERINO DE HIDROCARBUROS Y ENERGÍAS, César Adalid Siles Bazán, Erland Julio Rodríguez Lafuente, María Renee Castro Cusicanqui, Álvaro Horacio Ruiz García, Omar Veliz Ramos, Juan Yamil Flores Lazo MINISTRO DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS E INTERINO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, Esperanza Guevara.