19 DE NOVIEMBRE DE 1960 .- Condecoración. Socie - Obreros de la Cruz.
DECRETO SUPREMO N° 05639
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.
Y
GRAN MAESTRE DE LA “ORDEN DEL CÓNDOR
DE LOS ANDES”
CONSIDERANDO:
Que la Condecoración de la “Orden del Cóndor de los Andes” ha sido instituida para recompensar servicios eminentes prestados al país y puede ser conferida a instituciones bolivianas que se distinguen por su contribución al progreso de la República, conforme a lo dispuesto por los Decretos Supremos de 17 de julio y 29 de octubre de 1947.
Que la Sociedad de Beneficencia “Obreros de la Cruz”, de la ciudad de La Paz, desde su constitución en fecha 30 de septiembre de 1885, ha efectuado una labor social y de cooperación mutua entre todos sus asociados, fomentando el bienestar económico y moral de muchas generaciones con el mantenimiento de una escuela primaria y una biblioteca destinada al servicio público.
Que en homenaje a las Bodas de Diamante que cumple la Sociedad de Beneficencia “Obreros de la Cruz”, el Supremo Gobierno debe recompensar con una distinción especial de la República.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Confiérese la Condecoración de la “Orden del Cóndor de los Andes” en el grado de Oficial a la Sociedad de Beneficencia “Obreros de la Cruz”, de la ciudad de La Paz.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores y Culto queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Eduardo Arze Quiroga, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.