30 DE DICIEMBRE DE 1960 .- Empréstito. - Autorízase a Mineducación por Bs. 12.947.167.266.-
DECRETO SUPREMO N° 05672
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Supremo No. 04829 de 9 de enero de 1958 dispone que el producto de la venta de las Libretas Escolares, a cargo del Ministerio de Educación y Bellas Artes, sea destinado a Colonias de Vacaciones;
Que es necesario elevar los ingresos reales de los maestros dotándoles de vivienda propia;
Que la dotación de viviendas propias a los maestros, para hacerse efectiva, requiere un financiamiento para el que debe ofrecerse como garantía, un ingreso saneado y efectivo;
Que las organizaciones representativas de los padres de familia y del magisterio, se hallan conformes en que los fondos provenientes de la venta de Libretas Escolares sean ofrecidos como garantía para financiar la construcción de viviendas para maestros.
En Consejo de Ministros, y con cargo de aprobación legislativa,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase al Ministerio de Educación y Bellas Artes la contratación de un empréstito hasta la suma de Bs. 12.947.167.266.-, destinado a construir vivienda para maestros, con la garantía de los fondos actualmente destinados a Colonias de Vacaciones.
Los señores Ministros de Hacienda y Estadística y de Educación y Bellas Artes, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Dado en el Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Eduardo Arze Quiroga, Cnl. Eduardo Rivas Ugalde, Ñuflo Chávez Ortíz, José Fellman V., Raúl Pérez Alcalá, Alfonso Gumucio R., Guillermo Jáuregui G., A. Franco Guachalla, José Antonio Arze.