Decreto Presidencial N° 5730
28 DE SEPTIEMBRE DE 2026 .- Designa MINISTRO INTERINO DE EDUCACIÓN, al ciudadano Williams José Bascopé Laruta, Ministro de Trabajo, mientras dure la ausencia del titular.
DECRETO PRESIDENCIAL N° 5730 RODRIGO PAZ PEREIRA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo I del Artículo 165 de la Constitución Política del Estado determina que el Órgano Ejecutivo está compuesto por la Presidenta o el Presidente del Estado, la Vicepresidenta o el Vicepresidente del Estado, y las Ministras y los Ministros de Estado.
Que los numerales 4 y 22 del Artículo 172 del Texto Constitucional establecen que es atribución de la Presidenta o del Presidente del Estado, entre otros, dirigir la administración pública y coordinar la acción de los Ministros de Estado; y designar a las Ministras y a los Ministros de Estado.
Que el Parágrafo I del Artículo 27 del Decreto Supremo N° 5675, de 13 de agosto de 2026, Organización del Órgano Ejecutivo, dispone que la administración central se organiza en Ministerios, entre los que se encuentra el Ministerio de Educación.
Que el Parágrafo I del Artículo 109 del Decreto Supremo N° 5675 señala que en caso de viaje oficial al extranjero o ausencia temporal de una Ministra o Ministro, la Presidenta o Presidente del Estado designará interinamente, mediante Decreto Presidencial, a una Ministra o Ministro para que asuma el cargo.
Que mediante la Nota NE/DGAJ/UAJ Nro. 720/2026, el ciudadano Ricardo Erick Sanjinés Chavez, Ministro de Educación, comunica que se ausentará del país en misión oficial del 28 de septiembre al 1 octubre del presente año, a la ciudad de Santo Domingo – República Dominicana, a objeto de participar en el Diálogo Regional de Políticas 2026, “El Poder de lo esencial: evidencia, política y práctica para avanzar en lectura, matemáticas y equidad”, evento organizado por la División de Educación del BID, juntamente con el Ministerio de Educación de la República Dominicana, razón por la cual solicita se designe Ministra o Ministro Interino, mientras dure su ausencia, de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 109 del Decreto Supremo Nº 5675.
D E C R E T A:
Desígnese MINISTRO INTERINO DE EDUCACIÓN, al ciudadano Williams José Bascopé Laruta, Ministro de Trabajo, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en el Palacio de Gobierno, a los veintiocho días del mes de septiembre del año dos mil veintiséis.
Fdo. Rodrigo Paz Pereira, Fernando Hugo Aramayo Carrasco.
¿Tienes dudas sobre esta norma?
Pregúntale al asistente y obtén una explicación clara de la norma al instante, con citas del texto oficial y la jurisprudencia relacionada.
O empieza con una pregunta frecuente