24 DE MARZO DE 1961 .- TRANSFERENCIA. " Se trans. flere en favor del Estado 6 Hc. 69 áreas de terreno para embalse de aguas de riego del río Sulti en La Angostura. Depto. Cochabamba.
DECRETO SUPREMO Nº 05748
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante escritura pública celebrada en la ciudad de Cochabamba, en fecha veinticuatro de enero de mil novecientos cuarentiseis años, las hermanas Raquel y Teresa Canedo, mediante trámite de expropiación, han transferido, en calidad de venta en favor del Estado seis hectáreas y sesentinueve áreas de terreno, en la región de Santa Vera Cruz en la comprensión de Itocta, provincia del Cercado del departamento de Cochabamba, con destino al embalse de las aguas de riego del río Sulti en La Angostura;
Que como sobrante de estos terrenos empleados en el embalse de La Angostura, ha quedado una extensión de 30.099,40 metros cuadrados ubicada en la parte oeste de la presa derivadora, colindando al norte con la línea del ferrocarril, al sud con el canal principal de riego, libre de todo trabajo posterior para riegos y constituyen terrenos aptos para la construcción de viviendas;
Que es deber del Gobierno de la Revolución Nacional, dar a estos terrenos una aplicación social en beneficio de los trabajadores, empleados y obreros de la Dirección General de Riegos, dependiente del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Colonización y Riegos, que han contribuido con su esfuerzo a la finalización de los trabajos de irrigación del Sistema Nacional de Riegos No. 1 de Cochabamba y que en la actualidad sirve a miles de pequeños agricultores y campesinos con el beneficio de riego;
Que el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Colonización y Riegos, ha adjudicado lotes de terreno a los empleados en mérito a su antigüedad y merecimientos, en la zona de Ovejuyo y Calacoto del Departamento de La Paz, mediante adecuado loteamiento.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Se transfiere en calidad de compraventa al precio de cien 100/00 bolivianos (Bs. 100.-), el metro cuadrado, los lotes de terreno ubicados en la región de Vera Cruz de ’a ciudad de Cochabamba, de conformidad al plano de loteamiento, confeccionado por la Dirección General de Riegos, al personal del Ministerio de Agricultura que trabaja en el Sistema Nacional de Riegos No. 1 de “La Angostura”, de Cochabamba, en “Río Tacagua” de Challapata, Oruro, y en la central de La Paz, en mérito a su antigüedad y servicios que tienen prestados en la función pública y que no hubieran sido favorecidos con anteriores adjudicaciones por este Ministerio.
ARTÍCULO 2.- La transferencia de lotes se efectuará mediante sorteo, debiendo suscribirse al efecto las correspondientes escrituras individuales de adjudicación previo pago, del precio determinado que se depositará en la cuenta del Sistema Nacional de Riegos No. 1 conforme al siguiente detalle:
1.- Luís Castellón C., 2.- Jorge Villazón T., 3.- Oscar Espinoza A., 4.- Pacífico Ponce V., 5.- José Torrico A., 6.- Emiliano Soto R., 7.- Casimiro Paniagua H., 8.- Manuel Ortuño Z., 9.- Luís Ferrufino L., 10.- Julio Villaroel E., 11.- Guillermo Jiménez V., 12.- Jorge Mancilla L., 13.- Jaime Arauco M., 14.- Hipólito Claros L., 15.- Emiliano Fernández, 16.- Carlos Claros M., 17.- Javier Delgadillo P., 18.- Pablo Camacho C., 19.- Esmeragdo Antezana, 20.- Raimundo Galindo Q., 21.- Antonio Vela G., 22.- Felipe Coca A., 23.- Víctor Medrano L., 24.- Renato Vidal M., 25.- Siforiano Escalera, 26.- Efraín Camacho S., 27.- Carlos Navia R., 28.- Lázaro Sumoya F., 29.- José Salazar O., 30.- Marcelino Camacho M., 31.- Dionicio Cali E., 32.- Néstor Soria G., 33.- Humberto Suárez G., 34.- Nemesio Contreras, 35.- Julio Ojeda V., 36.- Froilán Vásquez R., 37.- Ciprián Soto, 38.- Emiliano Villaroel, 39.- Eliodoro Vargas R., 40.- Víctor Villarroel, 41.- Felipe Flores G., 42.- Eufronio Vásquez G., 43.- René Torres Loayza, 44.- Abigail Mendoza Rodríguez, 45.- Mario Arce Vargas, 46.- Ricardo Pérez, 47.- Rómulo Rodríguez, 48.- Francisco Guzmán Arredondo, 49.- Pablo Portillo Pacheco, 50.- Jorge Tapia, 51.- Ángel Lafuente, 52.- Juan Casapía Palacios, 53.- Hugo Montalvo U., 54.- Jorge Caballero, 55.- Hernán Quiroga, 56.- Paulino Villacota T., 57.- Sede Social del Sindicato de Riegos, 58.- Valeriano Ovando L.
ARTÍCULO 3.- Libérase de pago de impuestos de transferencia y plusvalía por tratarse de adjudicaciones con fines altamente sociales en beneficio de trabajadores.
El señor Ministro de Agricultura, Ganadería, Colonización y Riegos, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de marzo de mil novecientos sesenta y un años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, E. Arce Quiroga, A. Cuadros Sánchez, R. Pérez Alcalá, Cnl. E. Rivas Ugalde, Ñuflo Chávez O., A. Franco Guachalla, Guillermo Jáuregui, José Antonio Arze.