07 DE ABRIL DE 1961 .- Constitúyese una comisión especial con objeto de estudiar y sugerir al Supremo Gobierno los sistemas más apropiados para la recaudación de las rentas destinadas al sostenimiento de las universidades y su pago oportuno a éstas
DECRETO SUPREMO Nº 5763
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que con motivo de la Conferencia de Rectores y dirigentes universitarios celebrada en esta ciudad en noviembre de 1960, se vio la conveniencia de organizar una Comisión que estudie los sistemas más apropiados para la percepción de las rentas destinadas al sostenimiento de las universidades del país y su pago oportuno;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Constitúyese una comisión especial con objeto de estudiar y sugerir al Supremo Gobierno los sistemas más apropiados para la recaudación de las rentas destinadas al sostenimiento de las universidades y su pago oportuno a éstas.
ARTÍCULO 2.- La comisión estará formada por un representante del Ministerio de Hacienda, que la presidirá; un representante de la Contraloría General de la República y un representante de las Universidades. Cada Universidad podrá acreditar entre la comisión los observadores que crea conveniente.
Los miembros observadores de la Comisión prestarán sus servicios con carácter ad-honorem.
ARTÍCULO 3.- La Comisión deberá presentar su informe en un término no mayor de noventa días.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Estadística, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los siete días del mes de abril de mil novecientos sesenta y un años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, A. Cuadros Sánchez, E. Arze Quiroga, A. Gumucio Reyes, José Fellman V., Guillermo Jáuregui, Ñuflo Chávez O., Mario Sanjinés U., R. Pérez Alcalá, A. Franco Guachalla, Arturo Fortún Sanjinés, Cnl. E. Rivas Ugalde.