29 DE MAYO DE 1961 .- Se aprueban las adjudicaciones efectuadas por la Junta Especial de Almonedas en favor de la Empresa Constructora Bartos y Cía., para la ejecución de obras en la Variante del Río Parapetí por la suma de CUARENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS SETENTO Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE 17/100 PESOS MONEDA ARGENTINA -($.m/n. arg. 48.874.859,17) y de la Empresa Constructora de Bolivia "COMBO" la construcción del puente sobre el Río Grande por la suma de VEINTISEIS MILLONES OCHOCIENTOS DOCE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE 81/100 PESOS MONEDA NACIONAL ARGENTINA ($.m/n. arg. 26.812.337,81) respectivamente, en la construcción del Ferrocarril Yacuiba-Santa Cruz;
DECRETO SUPREMO Nº 05811
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Mixta Ferroviaria Boliviano-Argentina, ha llamado a convocatoria de propuestas para la adjudicación de obras y ejecución de trabajos en la Variante del Río Parapetí y puente sobre el Río Grande en la construcción del Ferrocarril Yacuiba-Santa Cruz;
Que de conformidad a las convocatorias respectivas y llenados los requisitos
exigidos por los convenios internacionales de vinculación ferroviaria con la
República Argentina y las disposiciones del Reglamento, que regula las
funciones de dicha Comisión
Mixta, la Junta Esuecial de Almonedas para la construcción del Ferrocarril
Yacuiba-Santa Cruz-Sucre, previo estudio de las propuestas y cuadros
comparativos, en sus reuniones de 7 de febrero de 1961 y 13 de abril del mismo
año, consideró conveniente a los intereses del Estado adjudicar las obras de
la Variante del Río Parapetí a la Empresa Constructora Bartos y Cía. y la
ejecución del puente sobre el Río Grande a la Empresa Constructora de Bolivia
“COMBO”, respectivamente;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Se aprueban las adjudicaciones efectuadas por la Junta Especial de Almonedas en favor de la Empresa Constructora Bartos y Cía., para la ejecución de obras en la Variante del Río Parapetí por la suma de CUARENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS SETENTO Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE 17/100 PESOS MONEDA ARGENTINA -($.m/n. arg. 48.874.859,17) y de la Empresa Constructora de Bolivia “COMBO” la construcción del puente sobre el Río Grande por la suma de VEINTISEIS MILLONES OCHOCIENTOS DOCE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE 81/100 PESOS MONEDA NACIONAL ARGENTINA ($.m/n. arg. 26.812.337,81) respectivamente, en la construcción del Ferrocarril Yacuiba-Santa Cruz;
ARTÍCULO 2.- Los contratos a que se refiere el Art. 1°, serán inscritos por los representantes de la Comisión Mixta Ferroviaria Boliviano-Argentina, de conformidad al Art. 10° del Reglamento de la Junta Especial de Almonedas.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Obras Públicas y Comunicaciones, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en la ciudad de La Paz a los veintinueve días del mes de mayo de mil novecientos sesenta y un años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, E. Arze Quiroga, Mario Sanjinés U., A. Cuadros Sánchez, Cnl. E. Rivas Ugalde, José Fellman V., A. Franco Guachalla, Ñuflo Chávez O.