29 DE JUNIO DE 1961 .- El Congreso Extraordinario convocado por Ley de 20 de diciembre, de 1960, para la consideración y aprobación de las enmiendas a la Constitución Política del Estado, se reunirá en la ciudad de La Paz, inaugurando sus labores el 1° de julio del presente año, a horas 15, sin ceremonial.
DECRETO SUPREMO Nº 05830
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que por Ley de 20 de diciembre de 1960, el Honorable Congreso Nacional ha Convocado a Congreso Extraordinario para la revisión y aprobación definitiva de las enmiendas a la Constitución Política del Estado;
Que, es necesario complementar dicha convocatoria señalando el lugar y la hora de su instalación;
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- El Congreso Extraordinario convocado por Ley de 20 de diciembre, de 1960, para la consideración y aprobación de las enmiendas a la Constitución Política del Estado, se reunirá en la ciudad de La Paz, inaugurando sus labores el 1° de julio del presente año, a horas 15, sin ceremonial.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Gobierno, Justicia e Inmigración, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de junio de mil novecientos sesenta y un años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Cnl. E. Rivas Ugalde.