22 DE SEPTIEMBRE DE 1961 .- AGENCIAS ADUANERAS. A partir del 1° de enero de 1962 los Consulados de Bolivia en Corumbá, Guajaramerin y Brasilea se transformarán en Agencias Aduaneras.
DECRETO SUPREMO Nº 05887
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Art. 18 del Tratado de Comercio y Navegación Fluvial suscrito con el Brasil el 12 de agosto de 1910 ratificado por ambos Estados, autoriza al Gobierno de Bolivia a mantener Agencias Aduaneras junto a puestos aduaneros o fiscales brasileros situados sobre los ríos navegables;
Que por la importancia que ha cobrado el intercambio comercial con el Brasil se hace necesario ampliar las Agencias Aduaneras de Bolivia en el Brasil, instalándolas en Corumbá, Guajaramerin y Brasilea, lugares en los cuales existen actualmente consulados;
Que las Agencias Aduaneras aludidas deben constituirse simultáneamente en Consulados Honorarios.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- A partir del 1° de enero de 1962 los Consulados de Bolivia en Corumbá, Guajaramerin y Brasilea se transformarán en Agencias Aduaneras dependientes, en la esfera de su ramo, del Ministerio de Hacienda.
ARTÍCULO 2.- Los Agentes Aduaneros serán, simultáneamente, Cónsules Honorarios.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes septiembre de mil novecientos sesentiun años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, E. Arze Quiroga, A. Cuadros Sánchez, A. Gumucio Reyes, Cnl. E. Rivas Ugalde, Ñuflo Chávez O., Guillermo Jáuregui, Mario Sanginés U., R. Jordán Pando, R. Pérez Alcalá.