16 DE ENERO DE 1962 .- Se adjunta y consolida en favor de la Empresa Minera Unificada del Cerro de Potosí, dependiente de la Corporación Minera de Bolivia
DECRETO SUPREMO Nº 06004
VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Corporación Minera de Bolivia, como subrogatoria de los derechos y acciones de la Compañía Unificada del Cerro de Potosí, comprendida en el Decreto de Nacionalización de Minas No. 3223 de 31 de octubre de 1952, elevado a ley en 29 de octubre de 1956, es propietaria de desmontes, pallacos y veneros situados en el Cerro de Potosí, tal como acreditan los respectivos títulos protocolizados en la Notaria de Minas del Departamento de Potosí, en fecha 2 de marzo de 1935;
Que corresponde homologar dichos derechos y fijar su delimitación sobre la base del plano adjunto “PALLACOS” 61-548 de 654 hectáreas;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO1.- Se adjunta y consolida en favor de la Empresa Minera Unificada del Cerro de Potosí, dependiente de la Corporación Minera de Bolivia, todo el sector "Pallacos" (veneros y demás zonas mineralizadas) existentes en las faldas del Cerro Rico de Potosí y cuyos derechos se originan en los respectivos títulos ejecutoriales y en la ley de 29 de octubre de 1956.
ARTÍCULO2.- Se delimita el sector “PALLACOS” de acuerdo con el plano “PALLACOS” 61-548 de 654 hectáreas, dejándose a salvo los derechos de terceros con títulos legalmente constituidos con anterioridad al 31 de octubre de 1952.
ARTÍCULO3.- Quedan derogadas todas las disposiciones contrarias al presente Decreto.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Minas y Petróleo, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciseis días del mes de febrero de mil novecientos sesenta y dos años.
FDO. VÍCTOR PAZ ESTENSSORO, José Fellman V., Simón Cuentas, A. Cuadros Sánchez, José Antonio Arze, Mario Guzmán G., A. Gumucio Reyes, Guillermo Jáuregui G., Femando Ayala R., A. Franco Guachalla, R. Pérez Alcalá.