01 DE MARZO DE 1962 .- Se prorroga los efectos del D.S. No. 05970 de 19 de enero de 1962 sobre pago de impuestos, departamentales y municipales hasta el 20 de marzo presente.
DECRETO SUPREMO Nº 06019
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que por D.S. No. 05970 de 19 de enero del presente año se ha concedido plazo para el pago de impuestos nacionales, departamentales y municipales, sin intereses, multas ni recargos, hasta el 28 de febrero último.
Que por la gran concurrencia de contribuyentes a las oficinas de la Renta, no ha sido posible atender a todos los que tienen el propósito de cumplir con sus obligaciones tributarias acogiéndose a las disposiciones del Decreto Supremo de referencia.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se prorroga los efectos del D.S. No. 05970 de 19 de enero de 1962 sobre pago de impuestos, departamentales y municipales hasta el 20 de marzo presente.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Estadística queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los un días de marzo de mil novecientos sesenta y dos años.
FDO. VÍCTOR PAZ ESTENSSORO, A. Cuadros S., J. A. Arze, F. Ayala R., M. Guzmán G., S. Cuentas, R. Jordán Pando, G. Jáuregui G., A. Franco G., J. Fellman V., J. L. Gutiérrez G., A. Gumucio, R. Pérez A., J. Otero Calderón.