15 DE JUNIO DE 1962 .- Se declara de necesidad y utilidad públicas la expropiación de la superficie de aproximadamente 30.000 M2., de terreno situado en las manzanas 1245, 1246, 1262 y 1263 del radio urbano de la ciudad de Cochabamba, en la unidad vecina de Tupuraya, sobre las Avenidas General Galindo, Tupuyan y otros.
DECRETO SUPREMO Nº 06143
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Secretario de la Conferencia Episcopal de Bolivia ha solicitado la expropiación de aproximadamente treinta mil metros cuadrados de terreno situado en las manzanas 1245, 1246, 1262 y 1263 del radio urbano de la ciudad de Cochabamba, en la unidad vecinal de Tupuraya, entre las Avenidas General Galindo, Tupuyan, América y Mariano Melgarejo, pertenecientes a José Antonio Tejada, Alicia Ascarrunz de Tejada, Carlos Dorado Mogro, Fausto Gómez, Guido, Dolly y Ruth Peramás, Walter Ardaya Rocha, Nicolasa Méndez de Méndez, Walter y Hernán Calderón Goitia, Asunción Carvallo v. de Márquez;
CONSIDERANDO:
Que los terrenos a expropiarse serán destinados a la instalación de un centro de formación docente para la educación industrial y técnica, anexo a la Escuela Normal Superior Nacional Católica de Cochabamba, y que funcionará regentada por personal idóneo de la Orden de San Agustín (Provincia de Holanda), y a la ampliación de los locales de la expresada Escuela Normal Superior.
CONSIDERANDO:
Que la finalidad a que se destina dicha extensión de terrenos significa el logro de un objetivo altamente social y educativo de positivo beneficio público, realizando sin carga alguna para la Economía del Estado una obra de sentida necesidad dentro de la orientación nueva que se pretende imprimir a la educación nacional.
CONSIDERANDO:
Que del contenido de los artículos 3º, 24, 187 y 192 de la Constitución Política, se desprende el deber que tienen los Poderes Públicos de prestar efectiva cooperación a las instituciones religiosas, establecidas en el país, máxime si ellas se dedican a fines de desarrollo cultural, técnico y de perfeccionamiento espiritual.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Se declara de necesidad y utilidad públicas la expropiación de la superficie de aproximadamente 30.000 M2., de terreno situado en las manzanas 1245, 1246, 1262 y 1263 del radio urbano de la ciudad de Cochabamba, en la unidad vecina de Tupuraya, sobre las Avenidas General Galindo, Tupuyan, América y Mariano Melgarejo, pertenecientes a José Antonio Tejada, Alicia Ascarrunz de Tejada, Carlos Dorado Mogro, Fausto Gómez, Guido, Dolly y Ruth Peramás, Walter Ardaya Rocha, Nicolasa Méndez de Méndez, Walter y Hernán Calderón Goitia y Asunción Carvallo v. de Márquez, con destino a la instalación de un centro de formación docente para educación industrial y técnica anexo a la Escuela Normal Superior Nacional Católica de Cochabamba, que funcionará regentada por personal idóneo de la Orden de San Agustín (Provincia de Holanda) y la ampliación de los locales de la expresada Escuela Normal Superior.
ARTÍCULO SEGUNDO.- La Escuela Normal Superior Nacional Católica de Cochabamba, a cuyo nombre se extenderán los títulos traslativos de dominio pagará con fondos propios la correspondiente indemnización, en precios libremente convenidos con los propietarios, quedando eximida del pago de la totalidad de los impuestos de plusvalía y transferencia, con arreglo a la Ley de 15 de Noviembre de 1940.
ARTÍCULO TERCERO.- La Prefectura del Departamento de Cochabamba, queda encargada de efectuar el trámite legal de la expropiación, de conformidad a la Ley de 30 de Diciembre de 1884.
ARTÍCULO CUARTO.- Por la finalidad a que se destinen los terrenos materia de la presente expropiación, se declaran inafectables a los efectos del D. S. de 27 de Agosto de 1954 elevado a rango de Ley en 29 de Octubre de 1956.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Culto, Educación, Gobierno y
Hacienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en la ciudad de La Paz a los quince días del mes de junio de mil novecientos sesenta y dos años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, José Fellman Velarde, Augusto Cuadros S., Juan Luis Gutiérrez G., Mario V. Guzmán Galarza, Simón Cuentas, Raúl Pérez Alcalá Guillermo Jáuregui, José Antonio Arze, Alfredo Franco G.