13 DE JULIO DE 1962 .- Declárase civil feriado en todo el territorio de la República el día 16 del presente mes, con suspensión de actividades públicas y particulares en el Departamento de La Paz.
DECRETO SUPREMO Nº 06166
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el día 16 de los corrientes celebra el pueblo de La Paz el CLIII Aniversario de pronunciamiento por la Emancipación Americana;
Que es deber del Gobierno y pueblo boliviano, asociarse a la conmemoración de tan magno acontecimiento histórico.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Declárase civil feriado en todo el territorio de la República el día 16 del presente mes, con suspensión de actividades públicas y particulares en el Departamento de La Paz,
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Gobierno, Justicia e Inmigración queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de julio de mil novecientos sesenta y dos años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, José Antonio Arze Murillo, Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración.