24 DE AGOSTO DE 1962 .- Declárase de necesidad y utilidad la expropiación de 10.000 mts.2 de terreno de propiedad de Frigorífico Cooperativo Los Andes, situado en el Alto de La Paz. La Prefectura del Departamento organizará el respectivo proceso administrativo de conformidad a lo previsto por el Decreto Reglamentario de 4 de abril de 1879 elevado a rango de Ley por la de 30 de diciembre de 1884, debiendo abonarse el monto de la expropiación por la Entidad beneficiaria.
DECRETO SUPREMO Nº 06184
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Que el Servicio Nacional de Caminos no dispone en la actualidad de áreas utilizables para la guarda de sus equipos y materiales, los mismos que merecen una constante vigilancia y control por su importancia y valor;
Que racionalmente está demostrado que toda futura adquisición de terrenos debe ser colindante a su actual propiedad, situada en el Alto de La Paz, tanto por fines de trabajo, control y seguridad;
Que el Frigorífico Cooperativo “Los Andes” tiene en propiedad terrenos adyacentes a la indicada Entidad caminera, que al presente no cumplen una función social de conformidad al art. 19 de la Constitución Política del Estado;
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Declárase de necesidad y utilidad la expropiación de 10.000 mts.2 de terreno de propiedad de Frigorífico Cooperativo Los Andes, situado en el Alto de La Paz. La Prefectura del Departamento organizará el respectivo proceso administrativo de conformidad a lo previsto por el Decreto Reglamentario de 4 de abril de 1879 elevado a rango de Ley por la de 30 de diciembre de 1884, debiendo abonarse el monto de la expropiación por la Entidad beneficiaria.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Obras Públicas y Comunicaciones, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de agosto de mil novecientos sesenta y dos años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, José Fellman V., Fernando Ayala R., J. L. Gutiérrez Granier, A. Cuadros Sánchez, Mario Guzmán G., A. Franco Guachalla, José Antonio Arze, R. Pérez Alcalá.