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Decreto SupremoN° 6279 Vigente

Decreto Supremo N° 6279

Presidencia del Estado Plurinacional
20 de noviembre de 1962

20 DE NOVIEMBRE DE 1962 .- A partir del 1° de enero de 1963 se establece el empadronamiento de las tierras dedicadas al cultivo de la hoja de la coca, para facilitar el respectivo control y obtener con precisión los datos estadísticos de su producción.

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Antigüedad
63 años

DECRETO SUPREMO N° 06279

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que desde la iniciación de la Reforma Agraria, con el mejoramiento de las condiciones sociales, económicas y culturales de la clase campesina, ha disminuido el hábito de la masticación de la hoja de la coca.

Que en cambio se ha extendido la elaboración y proliferado el tráfico de cocaina.

Que es deber del Estado defender la salud física y mental de la población, estableciendo, a más de la legislación represiva de las mencionadas actividades ilícitas, regulaciones de los cultivos de la coca;

DECRETA:

Artículo 1

A partir del 1° de enero de 1963 se establece el empadronamiento de las tierras dedicadas al cultivo de la hoja de la coca, para facilitar el respectivo control y obtener con precisión los datos estadísticos de su producción.

Artículo 2

Queda absolutamente prohibido el realizar nuevos cultivos del citado producto y, asimismo, extender los que a la fecha existen.

Artículo 3

En los terrenos actualmente utilizados para este fin, el Ministerio de Agricultura efectuará paulatinamente el reemplazo con cultivos de otros productos preferentemente destinados a al alimentación, concediendo para esta finalidad, el máximo de facilidades.

Artículo 4

Con el propósito de asegurar la efectividad de estas medidas, el Gobierno solicitará a Organismos Internacionales la vigilancia y control adecuados, así como su apoyo técnico y económico.

Artículo 5

Los Ministerios de Salud Pública y Agricultura reglamentarán el presente Decreto.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y dos años.

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Gral. E. Nogales Ortíz, Guillermo Jáuregui.

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