15 DE SEPTIEMBRE DE 2010 .- Autoriza al Órgano Judicial incrementar la subpartida 46110 “Consultoría por Producto para Construcciones de Bienes Públicos de Dominio Privado” en Bs150.000, con Fuente 20 “Recursos Específicos” y Organismo Financiador 230 “Otros Recursos Específicos”, a través de traspaso presupuestario intrainstitucional, afectando la partida 57100 “Incremento de Caja y Bancos” en el mismo monto, con el objeto de financiar el estudio a diseño final para la construcción del Edificio de Justicia de Sacaba en el Departamento de Cochabamba.
DECRETO SUPREMO N° 0636
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Artículo 26 del Presupuesto General del Estado - Gestión 2010, aprobado por expresa disposición del numeral 11 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, inscribir y/o incrementar el gasto de las partidas 25200 "Estudios, Investigaciones, Auditorías Externas y Revalorizaciones", 25800 "Estudios e Investigaciones para Proyectos de Inversión no Capitalizables" y Subgrupo 46000 "Estudios y Proyectos para Inversión" cuyo financiamiento provenga de recursos de donación externa, crédito externo y/o contraparte nacional, según lo establecido en los convenios respectivos. Para las demás fuentes de financiamiento y los casos que no correspondan a contraparte nacional, deberá aprobarse mediante Decreto Supremo específico, que autorice el incremento de estas partidas de gasto.
Que el Artículo 5 de la Ley N° 2042, de 21 de diciembre de 1999, de Administración Presupuestaria, señala que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados.
Que el Reglamento de Modificaciones Presupuestarias aprobado por Decreto Supremo N° 29881, de 7 de enero de 2009, establece los procedimientos y responsables para elaborar, presentar, aprobar y registrar las modificaciones al Presupuesto General del Estado, así como las competencias de aprobación según el tipo y alcance de las modificaciones presupuestarias.
Que el Decreto Supremo N° 29894, de 7 de febrero de 2009, establece la Estructura Organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional, incorporando cambios en el orden estructural del sector público que viabilicen la aplicación de la Constitución Política del Estado.
Que el Parágrafo II del Artículo 13 de la Ley N° 1817, de 22 de diciembre de 1997, establece entre las atribuciones del Consejo de la Judicatura en materia económica y financiera, elaborar el presupuesto anual, ejecutar y administrar los recursos económicos y financieros del Poder Judicial, actual Órgano Judicial.
Que a objeto de contar con el estudio a diseño final para la construcción del Edificio de Justicia de Sacaba en el Departamento de Cochabamba, el Órgano Judicial, a través del Consejo de la Judicatura requiere efectuar el correspondiente traspaso presupuestario intrainstitucional en el marco de la normativa legal vigente.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se autoriza al Órgano Judicial incrementar la subpartida 46110 "Consultoría por Producto para Construcciones de Bienes Públicos de Dominio Privado" en Bs150.000.- (CIENTO CINCUENTA MIL 00/100 BOLIVIANOS), con Fuente 20 "Recursos Específicos" y Organismo Financiador 230 "Otros Recursos Específicos", a través de traspaso presupuestario intrainstitucional, afectando la partida 57100 "Incremento de Caja y Bancos" en el mismo monto, con el objeto de financiar el estudio a diseño final para la construcción del Edificio de Justicia de Sacaba en el Departamento de Cochabamba.
Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de Planificación del Desarrollo, de Economía y Finanzas Públicas, y de Justicia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de septiembre del año dos mil diez.
FDO. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Oscar Coca Antezana, Sacha Sergio Llorenty Soliz, Rubén Aldo Saavedra Soto MINISTRO DE DEFENSA E INTERINO DE DEFENSA LEGAL DEL ESTADO, Elba Viviana Caro Hinojosa, Luís Alberto Arce Catacora, Luís Fernando Vincenti Vargas, Antonia Rodríguez Medrano, Walter Juvenal Delgadillo Terceros, José Antonio Pimentel Castillo, Nilda Copa Condori MINISTRA DE JUSTICIA E INTERINA DE TRANSPARENCIA INST. Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN, Carmen Trujillo Cárdenas, Nila Heredia Miranda, María Esther Udaeta Velásquez, Nemesia Achacollo Tola, Carlos Romero Bonifaz, Zulma Yugar Párraga MINISTRA DE CULTURAS E INTERINA DE EDUCACION.