08 DE FEBRERO DE 1963 .- Declárase de necesidad y utilidad públicas, la expropiación de los terrenos indispensables para la construcción de un canal de desvío del río Rocha, en San Pedro, en la zona de influencia de la laguna de Alalay, pertenecientes a Julián Nogales, Aurelio Rodríguez y Alejandro Terrazas.
DECRETO SUPREMO Nº 06366
VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la H. Alcaldía Municipal de Cochabamba por razones de emergencia y para proceder al saneamiento de la Laguna de Alalay, sobre la serranía de San Pedro, se ha visto obligada a ocupar terrenos fuera del Radio Urbano de su jurisdicción, para la construcción de un canal de desvío de las aguas del río Rocha;
Que por tal circunstancia se impone la expropiación, por causa de necesidad y utilidad públicas, de los terrenos afectados por dichas obras, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 19 de la Constitución Política del Estado y el artículo 1° del Decreto Reglamentario de 4 de abril de 1879 elevado a rango de ley en 30 de noviembre de 1884.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. - Declárase de necesidad y utilidad públicas, la expropiación de los terrenos indispensables para la construcción de un canal de desvío del río Rocha, en San Pedro, en la zona de influencia de la laguna de Alalay, pertenecientes a Julián Nogales, Aurelio Rodríguez y Alejandro Terrazas.
ARTÍCULO 2.- El procedimiento de expropiación se sujetará a las previsiones del Decreto Supremo de 4 de abril de 1879, elevado a rango de ley en 30 de noviembre de 1884, encomendándose a la Prefectura del Departamento la tramitación respectiva.
ARTÍCULO 3.- La correspondiente indemnización será cancelada con fondos del Tesoro Municipal de Cochabamba.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Gobierno, Justicia e Inmigración, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de Febrero de mil novecientos sesenta y tres años.
FDO. VÍCTOR PAZ ESTENSSORO, José Antonio Arze, A. Cuadros Sánchez, Gral. E. Nogales Ortiz, Mario Guzmán G., Cnl. Guillermo Ariñez, A. Gumucio Reyes, A. Franco Guachalla, Guillermo Jáuregui, Simón Cuentas.