07 DE SEPTIEMBRE DE 1963 .- Para su vigencia a partir del 16 de junio de 1963 hasta el 31 de diciembre, apruébase el siguiente Presupuesto para la Secretaría Nacional de Planificación y Coordinación.
DECRETO SUPREMO Nº 06567
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Supremo No. 06534 de 26 de julio de 1963, se ha creado el Servicio Nacional de Planificación y Coordinación, el mismo que sustituye la Junta Nacional de Planeamiento por la Secretaría Nacional de Planificación y Coordinación.
Que el Presupuesto de la Ex Junta Nacional de Planeamiento se ha ejecutado normalmente hasta el 15 de junio de 1963, habiendo a esa fecha quedado un saldo no utilizado de UN MILLON DOSCIENTOS TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO 33/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 102.844.33), debiendo sobre esta base aprobarse el nuevo Presupuesto para la Secretaría Nacional de Planificación y Coordinación, que deberá entrar en vigencia a partir del 16 de junio de 1963.
Que la Secretaría Nacional de Planificación y Coordinación ha sometido a consideración del Supremo Gobierno su correspondiente proyecto de Presupuesto, el mismo que ha sido estudiado por los organismos técnicos del Ministerio de Hacienda, procediendo su aprobación de acuerdo a las normas legales en vigencia.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Para su vigencia a partir del 16 de junio de 1963 hasta el 31 de diciembre, apruébase el siguiente Presupuesto para la Secretaría Nacional de Planificación y Coordinación:
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Planificación y Coordinación, y Hacienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno, de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de septiembre de mil novecientos sesenta y tres años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Auguto Cuadros Sánchez, R. Jordán Pando, G. Jáuregui G., A. Gumucio R., E. Ergueta Q., José Antonio Arze M., H. Suárez G., Aníbal Aguilar, Alfredo Franco G.