07 DE MAYO DE 1964 .- Libera de impuestos aduaneros el ingreso de productos alimenticios que llegan al país, enviados por d Programa Mundial de Alimentos, consignados al Ministerio de Asuntos Campesinos, mediante convenio suscrito de 30/VII/63.
DECRETO SUPREMO Nº 06754
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Supremo Gobierno tiene en vigencia el Convenio de 30 de julio de 1963 con el Programa Mundial de Alimentos, mediante el cual las escuelas normales rurales del país reciben alimentos diversos para el sostenimiento del servicio de comedor
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Libérase de impuestos aduaneros el ingreso de productos alimenticios que llegan al país, enviados por el Programa Mundial de Alimentos, consignados al Ministerio de Asuntos Campesinos en cumplimiento del Convenio suscrito por el Gobierno de Bolivia y el PMA en fecha 30 de julio de 1963, para lo cual se tramitarán, en cada caso, las Resoluciones Ministeriales liberatorias.
ARTÍCULO 2.- Para el trámite de la Póliza de Aduana se exime la presentación de facturas comerciales, certificados AID, de procedencia y otros requisitos exigidos en la internación de mercaderías con destino al comercio nacional.
ARTÍCULO 3.- Autorízase al Ministerio de Economía Nacional utilizar las previsiones contenidas en la letra b, del Objeto y Fines del Proyecto de Convenio con USAID, No. 511-12-990-326, Sub-Proyecto No. 41, para conceder las facilidades probisionales de Almacenamiento en El Alto, en favor del Ministerio de Asuntos Campesinos para guardar los víveres y equipos enviados por el Programa Mundial de Alimentos y UNICEF, respectivamente.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda, Economía Nacional y de Asuntos Campesinos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de mayo de mil novecientos sesenta y cuatro años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, F. Iturralde Chinel, Gral. L. Rodríguez Bidegain, Arturo Fortún Sanjinés, Gral. R. Leytón, E. Arauco Paz, A. Aguilar P., J. Otero Calderón, G. Jáuregui Guachalla, R. Zabaleta, Ciro Humboldt B.