25 DE ENERO DE 1989 .- Se aprueba la adjudicación efectuada por el Servicio Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Desagües Fluviales (SEMAPA) en favor de la empresa ENCIBRA, para la realización del proyecto de mejoramiento institucional y rehabilitación de agua potable, saneamiento y alcantarillado de La Paz, Cochabamba y Santa Cruz.
DECRETO SUPREMO Nº 22115
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Banco Mundial, ha ofrecido al Gobierno de Bolivia, un préstamo por el monto de $us. 750.000.oo con destino al financiamiento del proyecto de mejoramiento institucional y rehabilitación de agua potable y alcantarillado de las ciudades de La Paz, Cochabamba y Santa Cruz.
Que para el cumplimiento de dichos fines, el Servicio Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Desagues Fluviales (SEMAPA) , en base a las normas y regulaciones establecidas por el Banco Mundial, curso invitación directa a diversas firmas comerciales, habiendo presentado sus ofertas Gitec - Lahmeyer Salgitter, Hidroestudios - CNEC, Tenosan – Comsip, Motreal y Encibra, adjudicando en favor de la firma Encriba por el precio de $us.422.484.oo.
Que de acuerdo al art. 209 del D.S. 21660 de 10 de julio de 1987, por tratarse de un procedimiento de selección especial a cargo del país financiador , corresponde aprobar la adjudicación efectuada mediante decreto supremo, de conformidad al D.S. 21364 de 13 de agosto de 1986, ampliado en su vigencia por D.S. 21781 de 3 de diciembre de 1987.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Se aprueba la adjudicación efectuada por el Servicio Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Desagues Fluviales (SEMAPA) en favor de la empresa ENCIBRA, para .la realización del proyecto de mejoramiento institucional y rehabilitación de agua potable, saneamiento y alcantarillado de La Paz, Cochabamba y Santa Cruz, por el precio de CUATROCIENTOS VEINTIDOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO 00/100 DOLARES AMERICANOS ($US. 422.484.00).
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se autoriza al Gerente General de SEMAPA, suscribir el respectivo contrato con 1os personeros legales de ENCIBRA, bajo las cláusulas y garantías de ley, con intervención del Fiscal de Gobierno y refrenda del Contralor General de la República.
Los señores Ministros de Estado en los despachos de Planeamiento y Coordinación, Asuntos Urbanos y Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de enero de mil novecientos ochenta y nueve años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Bedregal Gutierrez, Juan Carlos Duran Saucedo, Alfonso Revollo Thenier, Fernando Romero Moreno, Ramiro Cabezas Masses, Enrique Ipiña Melgar, Andres Petricevic R., Luis Palenque Cordero, Luis A. Peña Rueda, Joaquín Arce Lema, Lorgio Ruiz Gallardo Min Minería Y Metalurgia a.i. José G. Justiniano, Fernando IIlanes de la Riva, Franklín Anaya Vasquez, Walter H. Zuleta Roncal, Herman Antelo Laughlin, Jaime Zegada Hurtado.